🤔 ¿La incapacidad permanente parcial tributa en el IRPF?
Sí. Esta prestación tributa.
¿Te han concedido la incapacidad permanente parcial o crees que podrían dártela por un problema de salud? En Tus Ayudas te contamos cuáles son los detalles sobre esta prestación: sus requisitos, condiciones, la posibilidad de trabajar mientras la recibes… ¡No te quedes con las dudas!
Índice
La incapacidad permanente parcial es una condición que se da a aquellos trabajadores que, debido a un accidente o enfermedad, reducen su productividad laboral en un 33%. Esto significa que, cuando te conceden la incapacidad permanente parcial, no te extinguirán tu contrato de trabajo.
Existen otros grados de incapacidad permanente:
La indemnización por incapacidad permanente parcial es el nivel más «bajo» o «leve» de todos los tipos de incapacidades, ya que sí que permite que el empleado siga realizando las mismas tareas que desempeñaba antes de sufrir el accidente o enfermedad.
Para que puedan concederte la incapacidad permanente parcial, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
El ejemplo más común para explicar en qué casos se aplicaría este tipo de incapacidad, es el de una persona que trabaja en una oficina y tienen que amputarle uno de los dedos de la mano. Esta persona puede seguir realizando su trabajo, pero no al mismo nivel que antes de sufrir el accidente o enfermedad que lo produjo.
Hay dos motivos por los que podemos recibir la incapacidad permanente. El primero es que hayamos tenido, en un primer momento, una incapacidad temporal que se haya transformado en una incapacidad permanente parcial. El segundo es que directamente se conceda la incapacidad permanente parcial.
Una vez te han concedido la incapacidad permanente parcial, te darán una indemnización en un pago único que corresponde a 24 meses. Si tu estado de salud mejora, no tendrás que devolver esa cuantía.
No hay un periodo de tiempo concreto establecido para la revisión de la incapacidad permanente, pero normalmente se suele establecer en los 2 años. Tras pasar este tiempo se hará una reevaluación de tu caso y se determinará si tu situación ha empeorado lo suficiente como para aumentar en uno o dos grados el tipo de incapacidad.
Sí, se puede seguir trabajando mientras recibimos esta prestación. De hecho, se puede continuar desarrollando el trabajo que tuviéramos originalmente o cualquier otro. Es indiferente si el trabajo que decidimos desempeñar es por cuenta ajena o como autónomo.
La solicitud de la incapacidad permanente parcial se hace a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Para ello, tendrás que presentar la siguiente documentación:
Puedes presentar tu solicitud de dos formas:
No hay un listado definitivo o concreto sobre qué enfermedades procuran la incapacidad permanente. La Seguridad Social analizará tu caso y tus circunstancias de manera particular, y determinará si tiene sentido asignarte una incapacidad permanente o no.
No obstante, sí que existen algunas enfermedades que, si su gravedad llega hasta cierto punto, suelen considerarse como incapacitantes.
En nuestro artículo sobre la incapacidad permanente puedes ver el listado de estas enfermedades.
Sí. Esta prestación tributa.
Cuando la Seguridad Social te otorga la condición de incapacidad permanente parcial NO tiene porqué darte la discapacidad ni un grado de discapacidad concreto. Eso dependerá de tu propio caso.
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