🤑¿Cuánto dinero puedo recibir con la ayuda al alquiler en Castilla y León?
La ayuda cubre entre el 50 % y el 75 % del alquiler, dependiendo del perfil del solicitante, con una media aproximada de 2.500 € al año.
La ayuda al alquiler de Castilla y León es una subvención de la Junta (JCYL) que cubre entre el 50 % y el 75 % de la renta a las personas arrendatarias con menos recursos de esta comunidad autónoma. Aquí te explicamos requisitos, cuantías, límites por municipio y en qué punto está la convocatoria a día de hoy.
La última convocatoria (ejercicio 2025) se aprobó por Orden de 16 de octubre de 2025 y su plazo de solicitud estuvo abierto del 1 de diciembre de 2025 al 30 de enero de 2026. Ese plazo ya está cerrado y la ayuda se encuentra en fase de resolución. Más abajo te contamos cuándo se resuelve, cómo saber si te la conceden y cuándo se espera la próxima convocatoria.
Índice
La ayuda alquiler Castilla y León forma parte del Plan Estatal para el acceso a la vivienda y la gestiona la Junta de Castilla y León. Busca facilitar el acceso y el mantenimiento de la vivienda en alquiler a los colectivos con menos medios económicos, y se dirige concretamente a:
La convocatoria de 2025 partió con una dotación de 27.584.195 euros, que la propia Orden permite ampliar en unos 32 millones de euros más (cerca de 59,5 millones en total) sin necesidad de una nueva convocatoria.
La ayuda consiste en subvencionar un porcentaje de la renta mensual que pagas por tu vivienda o habitación. No hay una cantidad fija: el porcentaje depende del colectivo al que pertenezcas.
El período subvencionable es todo el año 2025 (del 1 de enero al 31 de diciembre), es decir, la ayuda cubre las mensualidades de alquiler pagadas durante ese año.
Para acceder a la subvención hay que cumplir, en la fecha de publicación de la convocatoria, una serie de requisitos generales:
El alquiler mensual de tu vivienda o habitación no puede superar unos topes máximos, que dependen del ámbito municipal en el que esté la vivienda (definidos en la Orden MAV/800/2025, de ámbitos municipales). El ámbito 1º agrupa las ciudades y municipios más grandes, y el ámbito 2º, el resto:
| Colectivo | Ámbito 1º | Ámbito 2º |
| Vivienda (caso general) | 550 € | 500 € |
| Habitación | 200 € | 175 € |
| Familia numerosa general | 700 € | 600 € |
| Familia numerosa especial, discapacidad o vulnerabilidad | 800 € | 700 € |
Están en el ámbito 1º (tope de 550 euros) las nueve capitales de provincia (Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora) y municipios como Aranda de Duero, Miranda de Ebro, Ponferrada, Medina del Campo, Aguilar de Campoo, Laguna de Duero, Arroyo de la Encomienda, La Cistérniga, Carbajosa de la Sagrada, Santa Marta de Tormes, San Andrés del Rabanedo y Real Sitio de San Ildefonso, además de varios municipios limítrofes con las capitales de más de 5.000 habitantes (Cigales, Palazuelos de Eresma, Sariegos, Simancas, Valverde de la Virgen, Villamayor, Villamuriel de Cerrato, Villaquilambre, Villares de la Reina y Zaratán). El resto de municipios pertenece al ámbito 2º (tope de 500 euros).
La suma de los ingresos anuales de las personas que viven en la vivienda debe estar entre 0,5 y 3 veces el IPREM (aproximadamente entre 4.200 y 25.200 euros al año). Ese límite superior se amplía en dos casos:
| Situación | Límite de ingresos |
| Caso general | De 0,5 a 3 veces el IPREM (4.200 € a 25.200 €) |
| Familia numerosa general o víctima de terrorismo | Hasta 4 veces el IPREM (unos 33.600 €) |
| Familia numerosa especial o discapacidad ≥ 33 % | Hasta 5 veces el IPREM (unos 42.000 €) |
Para que te hagas una idea de estas cifras, este es el valor del IPREM vigente:
| Valor del IPREM 2026 | |||
| Valor del IPREM Diario | Valor del IPREM Mensual | Valor del IPREM Anual (12 pagas) | Valor del IPREM Anual (14 pagas) |
| 20 € | 600 € | 7.200 € | 8.400 € |
El plazo de la convocatoria de 2025 estuvo abierto del 1 de diciembre de 2025 al 30 de enero de 2026, ambos incluidos. La solicitud se presentaba de forma telemática en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León (tramitacastillayleon.jcyl.es) o presencialmente en cualquier registro administrativo de la comunidad.
La documentación básica que se pedía era el contrato de arrendamiento y los justificantes bancarios del pago del alquiler de todo 2025. El resto de datos los recaba la propia Administración si el solicitante lo autoriza, lo que ahorra bastante papeleo.
Estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva: no basta con cumplir los requisitos, sino que se ordenan las solicitudes por puntuación (nivel de ingresos, miembros de la unidad de convivencia y ámbito municipal) hasta agotar el crédito disponible. Por eso el listado de beneficiarios no es inmediato.
Las notificaciones y la resolución se publican en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL), no por carta individual, así que conviene revisar el boletín y la sede electrónica. En julio de 2026, la JCYL publicó una modificación que amplió la dotación hasta unos 53,9 millones de euros (con 644.156,59 euros reservados al tramo de vulnerabilidad sobrevenida), un paso previo a la resolución de concesión. Mientras no se publique esa resolución definitiva, no hay todavía un listado de concedidos ni una fecha oficial de cobro: el pago se domicilia en la cuenta del beneficiario una vez resuelta la ayuda.
La ayuda cubre entre el 50 % y el 75 % del alquiler, dependiendo del perfil del solicitante, con una media aproximada de 2.500 € al año.
El plazo va del 1 de diciembre de 2025 al 30 de enero de 2026, tanto por vía telemática como presencial en los registros de la Junta.
Sí, la convocatoria aclara que ambas ayudas son compatibles, siempre que cumplas los requisitos de cada una.
Solo el contrato de arrendamiento y los justificantes bancarios de pago del alquiler de 2025. El resto de datos los puede consultar la Junta si autorizas la verificación electrónica.
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