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Certificado de estar al corriente con Hacienda: qué es, cómo pedirlo y para qué sirve

El 15 octubre 2026 por Alexandre Branco Lopes - 7 minutos de lectura

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Certificado de estar al corriente con HaciendaEs bastante habitual que, al pedir una ayuda, una subvención o un contrato público, te exijan un certificado de estar al corriente con Hacienda. Aunque el nombre asusta, es un certificado tributario que se pide online desde la sede electrónica de la AEAT y que, si todo está en orden y lo pides tú o un apoderado, se descarga al momento. En Tus Ayudas te explicamos qué es el certificado de estar al corriente con Hacienda, para qué sirve, cuánto tiempo vale y cómo pedirlo paso a paso.

Certificado de estar al corriente con Hacienda, ¿para qué sirve?

El certificado de estar al corriente con Hacienda sirve para acreditar que estás al día con tus obligaciones fiscales ante la Administración o ante una empresa que te lo pida. Con él, la Administración se asegura de que la persona o empresa ha cumplido con sus obligaciones fiscales antes de darle una ayuda, una subvención o un contrato.

Se trata de un documento oficial emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que acredita que el contribuyente está al corriente de sus obligaciones tributarias: no tiene deudas sin regularizar ni declaraciones sin presentar. Ahí entra haber presentado en plazo las declaraciones y autoliquidaciones que marca el calendario del contribuyente y tener pagados los impuestos correspondientes.

Este certificado suele pedirse en situaciones como las siguientes:

  • Contratos con la administración pública: bastante común para conseguir licitaciones o concesiones.
  • Subvenciones y ayudas públicas: hay que estar al día con Hacienda para recibirlas, y muchas veces te piden también el certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
  • Contratos privados: un cliente o un proveedor pueden pedirlo para asegurarse de la salud fiscal del otro.
  • Trámites con entidades públicas: para licencias, autorizaciones, permisos o trámites administrativos.

Al pedirlo hay dos resultados posibles: positivo, si estás al corriente, o negativo, si tienes deudas sin regularizar o declaraciones sin presentar. Una deuda aplazada, fraccionada o con la ejecución suspendida no impide que salga positivo; en cambio, una deuda en periodo ejecutivo que no esté aplazada da un certificado negativo. Si lo necesitas para una subvención o un contrato concreto, consulta con el organismo qué te va a exigir.

Cómo pedir el certificado de estar al corriente con Hacienda

Este documento puede pedirse online o en persona, aunque la vía presencial no está abierta a todo el mundo. La solicitud se gestiona en la sede electrónica de la AEAT a través del procedimiento G304.

Pedirlo online en la sede electrónica

Para pedirlo online sigue estos pasos:

  • Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y ve a «Todas las gestiones«.
  • Dentro de ese apartado, accede a «Certificados» y luego a «Situación tributaria«.
  • Identifícate con Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico.
  • Selecciona el tipo de representación: en nombre propio o en representación de terceros.
  • Elige el tipo de certificado según el uso que le vayas a dar: contratar con el sector público, subvenciones públicas, autorizaciones de transporte, autorizaciones de trabajo/residencia para extranjeros, o certificado genérico.
  • Indica la fecha y confirma la solicitud.
  • Si lo pides tú o un apoderado y el resultado es positivo, el certificado se descarga de forma inmediata. Si no, salvo que la norma del trámite fije otro plazo, Hacienda tiene hasta 20 días para expedirlo.

Después de esos pasos obtendrás el resguardo de la solicitud, con el que podrás consultar más tarde cómo va.

Atención
La descarga inmediata solo se da si el resultado es positivo y lo pide el propio interesado o su apoderado por internet. En cualquier otro caso, tendrás que volver a la sede más tarde para ver si ya está emitido.

El documento expedido electrónicamente incluye un Código Seguro de Verificación (CSV) que permite comprobar su autenticidad desde la sede electrónica de Hacienda. Es útil, por ejemplo, cuando lo presentas en una licitación o ante una administración pública.

Pedirlo en persona, con cita previa

La otra opción es pedir el certificado de estar al corriente con Hacienda de manera presencial en las delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria. Solo pueden hacerlo quienes no estén obligados a relacionarse con Hacienda por medios electrónicos (las empresas, por ejemplo, sí lo están), y siempre con cita previa. La cita se reserva en la web de la Agencia Tributaria o llamando al teléfono de Hacienda.

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¿Caduca el certificado de estar al corriente con Hacienda?

Sí. Salvo que la norma de ese trámite diga otra cosa, el certificado de estar al corriente con Hacienda vale 12 meses desde que se expide si se refiere a obligaciones periódicas, y 3 meses si se refiere a obligaciones no periódicas, siempre que no cambien tus circunstancias en ese tiempo.

La excepción más habitual son las subvenciones: para cobrarlas, el certificado vale 6 meses desde su expedición. Aun así, revisa siempre la convocatoria, porque es la que dice qué certificado te piden y para qué fecha.

Importante
Si tu situación cambia (por ejemplo, te queda una deuda sin pagar o una declaración sin presentar), el certificado deja de reflejar la realidad aunque no haya pasado el plazo: pide uno nuevo antes de presentarlo.

También queremos recalcar una serie de puntos a tener en cuenta a la hora de pedir el certificado de estar al corriente con Hacienda:

  • Si tienes deudas que no has regularizado, el certificado será negativo; si te falta alguna declaración de la renta u otra autoliquidación, también.
  • El certificado solo tiene en cuenta las declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo terminó en los 12 meses anteriores a los dos últimos meses antes de su fecha; las que vencen después no se incluyen.
  • Puedes pedirlo con la fecha actual o con una fecha pasada, pero solo dentro de ejercicios no prescritos.

Certificado de contratista y subcontratista de Hacienda

Además del certificado general de estar al corriente de pagos, la AEAT emite un tipo específico muy solicitado por empresas y autónomos: el certificado de contratistas y subcontratistas. Acredita que la empresa o el autónomo contratado está al corriente de sus obligaciones tributarias.

Lo pide el propio contratista o subcontratista en la sede electrónica de la AEAT (Todas las gestiones, Certificados y el trámite de contratistas y subcontratistas) y se lo entrega a quien le paga. La AEAT lo emite en 3 días.

Su finalidad es proteger a la empresa contratante: quien contrata o subcontrata obras o servicios de su actividad principal puede tener que responder de las deudas tributarias del contratista. Si el contratista le entrega este certificado, emitido en los 12 meses anteriores al pago de cada factura, la empresa que paga queda libre de esa responsabilidad.

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Alexandre Branco Lopes

Periodista especializado en ayudas y subvenciones

Periodista (Graduado en Periodismo). Ha trabajado como redactor en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre), donde firmaba como Alex Branco. Desde 2025 se especializa en ayudas, subvenciones y prestaciones públicas en Tus-Ayudas.es, donde redacta la mayoría de las guías y verifica cada dato en fuentes oficiales (BOE, boletines autonómicos y Seguridad Social).


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