🤝¿Quién pide la ayuda si tenemos la custodia compartida?
Solo uno de los dos progenitores puede ser el solicitante. Con custodia compartida tenéis que poneros de acuerdo de forma expresa sobre quién de los dos la pide.
Las ayudas del Gobierno Vasco por hijos pagan 200 euros al mes por cada hija o hijo hasta que cumple 4 años a las familias que llevan al menos un año empadronadas en Euskadi (o cinco años seguidos dentro de los últimos diez), ganen lo que ganen. De los 4 a los 7 años, cuando la general ya se ha acabado, hay 100 euros al mes para el tercer hijo y siguientes y para las familias monoparentales con certificado oficial. Es una de las ayudas autonómicas que han cambiado en 2026: la ayuda general antes se cobraba hasta los 3 años y ahora llega hasta los 4. Si la de tu hijo ya había terminado o no llegaste a cobrarla teniendo derecho, y te corresponde la ampliación hasta los 4 años, tienes hasta el 31 de diciembre de 2026 para pedir la ampliación y cobrarla desde enero de 2026 o desde el mes que te corresponda.
Índice
La ayuda se llama oficialmente ayuda a la crianza y mantenimiento de hijas e hijos. Se cobra cada mes y la cuantía es la misma para todas las familias: no depende de tu renta. Es del Gobierno Vasco.
Esta tabla resume las cuantías mensuales que están en vigor en 2026, con efectos desde el 1 de enero:
| Situación | Al mes | Durante cuánto tiempo |
| Hija o hijo por nacimiento | 200 € | Hasta que cumple 4 años |
| Hija o hijo menor de edad en adopción, tutela o delegación de guarda | 200 € | 4 años desde el día siguiente a la inscripción en el Registro Civil o a la resolución administrativa |
| Tercer hijo o siguientes, de 4 a 7 años | 100 € | 3 años, desde que cumple 4 hasta que cumple 7 |
| Hijo de familia monoparental con certificado oficial de familia monoparental del Gobierno Vasco, de 4 a 7 años | 100 € | 3 años, desde que cumple 4 hasta que cumple 7 |
| Hijo con discapacidad igual o superior al 33 % o con dependencia reconocida | El doble: 400 € hasta los 4 años y 200 € de 4 a 7 años si le corresponde la ayuda de esa edad | Los mismos periodos |
Cuando tu hijo cumple 4 años, la ayuda general se acaba. Pero hay una ayuda adicional de 100 euros al mes durante tres años más, de los 4 a los 7, en dos casos: si es el tercer hijo o siguientes, o si sois una familia monoparental que consta en el certificado oficial de familia monoparental del Gobierno Vasco. Las familias que solo están en «situación de monoparentalidad», que es una figura distinta, no tienen derecho a esta ayuda.
Para saber si un hijo es el tercero, se cuentan las hijas e hijos menores de 26 años que viven en casa y dependen económicamente de la familia, es decir, que no ganan al año más del salario mínimo interprofesional anual.
Si el hijo tiene una discapacidad igual o superior al 33 % o una situación de dependencia reconocida, las cuantías se duplican, solo para ese hijo: cobras 400 euros al mes hasta los 4 años y 200 euros al mes de 4 a 7 años si además le corresponde la ayuda adicional (por ser el tercero o siguientes o por ser familia monoparental con certificado).
La pide la madre o el padre que tiene la guarda y custodia del hijo, y tiene que mantenerla durante todo el tiempo que cobra la ayuda. Además, debe cumplir esto:
Es compatible con las ayudas con la misma finalidad de cualquier otra administración pública española, así que puedes sumarla a las ayudas por nacimiento del Estado o de tu ayuntamiento a las que tengas derecho. Para criar a los hijos también cuentan otras ayudas por hijo a cargo de la Seguridad Social, que tienen sus propios requisitos.
La solicitud se presenta por internet en la sede electrónica del Gobierno Vasco, en el servicio de ayudas mensuales a familias con hijas o hijos, identificándote por ejemplo con el certificado digital o con la BakQ. Si prefieres hacerlo en persona, puedes ir a las oficinas de atención ciudadana Zuzenean o a cualquier otro registro oficial.
Estos son los plazos que tienes que tener en cuenta:
El Gobierno Vasco tiene seis meses para resolver desde que registras la solicitud. Si en ese plazo no te contesta, la ayuda se entiende denegada. Contra una resolución que te notifiquen puedes presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación; si no te han contestado, puedes presentarlo en cualquier momento a partir del día siguiente a que se cumplan esos seis meses. Una vez concedida, se paga cada mes.
Con la regulación anterior, la ayuda general se pagaba hasta los 3 años. Si tu hijo la estaba cobrando, ya la había terminado o no llegaste a pedirla teniendo derecho, el año más hasta los 4 no llega solo: hay que presentar una solicitud de ampliación. No existe una «solicitud de mantenimiento» aparte. Lo de «mantenimiento» forma parte del nombre oficial de la ayuda (crianza y mantenimiento), y el trámite que hay que hacer para cobrar hasta los 4 años es la ampliación. Se pide en el mismo servicio de la sede electrónica que la ayuda, con tu certificado digital, o en Zuzenean. Cuándo pedirla depende de tu caso.
Espera a que se acaben las mensualidades que tienes reconocidas y pide la ampliación a partir del primer día del mes siguiente. Si la presentas antes, te la denegarán. Si la presentas en los seis meses siguientes al fin de las mensualidades que tenías reconocidas, te la conceden a partir del último mes que tenías reconocido, sin perder nada. Si dejas pasar esos seis meses, solo la cobras desde el mes en que la pides.
Este es el caso de las familias cuya ayuda ya había terminado y de las que no la cobraron teniendo derecho a ella, siempre que tengan derecho a la ampliación hasta los 4 años. Para ellas hay un plazo especial con efectos desde principios de año.
Las solicitudes que ya estaban presentadas y sin resolver antes de que entrara en vigor el cambio se resuelven con las reglas anteriores.
Entre las ayudas por nacimiento y adopción del Gobierno Vasco hay también dos extraordinarias, de una sola vez, y las dos se pueden cobrar a la vez que la mensual. Aquí sí cuenta la renta familiar estandarizada: cuanto más baja es, más alto es el multiplicador que se aplica.
| Renta familiar estandarizada | Multiplicador |
| Hasta 20.000 € | 2 |
| Más de 20.000 € y hasta 30.000 € | 1,5 |
| Más de 30.000 € | 1 |
Las dos se piden en los tres meses siguientes al nacimiento, a la inscripción de la adopción o tutela o a la notificación de la delegación de guarda.
El Gobierno Vasco también paga una ayuda si pides una excedencia por cuidado de hijos hasta que el menor cumple 3 años, o una reducción de jornada por cuidado de hijo de al menos un 33 % hasta que cumple 12 años (o 18 si tiene una discapacidad igual o superior al 33 %). Tienes que llevar como mínimo 59 días en esa situación, aunque no sean seguidos.
Estos son los importes por 365 días a jornada completa. Si trabajabas a tiempo parcial o estás menos días en excedencia o con la jornada reducida, se calcula en proporción:
| Situación | Renta familiar estandarizada hasta 20.000 € | Renta familiar estandarizada de más de 20.000 € |
| Excedencia | 3.850 € | 3.236 € |
| Reducción de jornada del 45 % o más | 3.080 € | 2.590 € |
| Reducción de jornada del 40 % a menos del 45 % | 2.750 € | 2.354 € |
| Reducción de jornada del 33 % a menos del 40 % | 2.420 € | 2.000 € |
Por cada menor, la familia puede cobrar como máximo 900 días de excedencia y 2.700 días de reducción de jornada, y un día de excedencia cuenta como dos de reducción. La primera solicitud se puede presentar en cuanto llevas 59 días en la situación y cubre como máximo los 365 días anteriores a la solicitud. Las siguientes se presentan con al menos cuatro meses de separación, y el pago llega en un máximo de dos meses desde la resolución. Estas ayudas se piden con la instancia normalizada en la sede electrónica del Gobierno Vasco o en persona en Zuzenean.
El 3 de noviembre de 2026, la consejera Nerea Melgosa anunció, en su comparecencia ante el Parlamento Vasco para presentar el presupuesto de 2027 de su departamento, que en 2027 las ayudas a la crianza se extenderán hasta los 8 años para los terceros y siguientes hijos y para las familias monoparentales. Es un anuncio dentro de un proyecto de presupuestos: todavía no está aprobado y el Gobierno Vasco no ha dado ni la cuantía ni la fecha desde la que se podrá pedir.
Si tienes hijos y vives en el País Vasco, estas ayudas también te pueden interesar:
Solo uno de los dos progenitores puede ser el solicitante. Con custodia compartida tenéis que poneros de acuerdo de forma expresa sobre quién de los dos la pide.
La ayuda se extingue desde el primer día del mes de la resolución judicial o administrativa que le retira la guarda y custodia. Quien pase a tener la custodia puede presentar su propia solicitud, y puede hacerlo en cualquier momento.
Se paga el mes del nacimiento, siempre que hayas presentado la solicitud en los tres primeros meses, pero no el mes en que cumple 4 años. Con la ayuda de 100 euros pasa algo parecido: se paga el mes en que cumple 4, si la pides en los tres primeros meses, y no el mes en que cumple 7.
No. La ayuda vasca es incompatible con las ayudas de la misma finalidad que paguen otro país o una administración extranjera por ese mismo hijo.
SEPECAM: cómo inscribirte, renovar la demanda y qué cursos y ayudas ofrece
Urvial Albacete: ayuda de 1.500 euros para equipar tu vivienda, requisitos y plazo hasta el 31 de enero de 2027
Calendario escolar de Murcia 2026-2027: cuándo empiezan las clases, festivos y vacaciones
Descuentos del Zoo de Barcelona: quién entra gratis o paga menos y qué carnet tienes que enseñar
Renta Canaria de Ciudadanía 2026: cuánto se cobra, requisitos y cómo pedirla
Centros de día en Madrid: requisitos, cuánto se paga según tu renta y cómo pedir plaza pública
Bonos Burgos 2026: qué se sabe de los nuevos bonos al consumo y cómo funcionaron los últimos
Bono consumo Canarias 2026: la campaña de Lanzarote y cómo funcionan los bonos en cada isla
Alokaplus: el seguro gratuito del Gobierno Vasco contra impagos del alquiler, requisitos y cuándo pedirlo
Becas BEME 2027/28 de la Xunta: hasta 12.500 euros para un máster en Galicia, requisitos y cuándo se piden
Nuestro algoritmo calcula cuáles son las ayudas que puedes solicitar
Simular mis ayudas