Las amas de casa son las grandes olvidadas en cuanto a ayudas al empleo se refiere. Ahora bien, por suerte, hay algunas ayudas que se pueden solicitar. De hecho, hay algunas ayudas que van más allá de lo económico, con oportunidades de formación. Hoy en Tus Ayudas, todo acerca de las ayudas que pueden solicitar las amas de casa.
Índice
Todas las ayudas para amas de casa
La figura de las amas y amos de casa cada vez es menos común debido al alto precio de la vida. Ahora bien, hay muchas personas que aún están sujetos a los ingresos de su pareja para poder vivir. Es probable, que lleven mucho tiempo fuera del mercado laboral y ahora sea tiempo de volver. Hay que tener en cuenta que se corresponden con pequeños subsidios cuya intención es ayudar a salir de una situación complicada.
Importante
Son ayudas que no solo van dirigidas a las amas de casa, también a quien lleve mucho tiempo desempleado. De hecho, hay algunas ayudas también para los parados de larga duración.
Renta Activa de Inserción (RAI)
La Renta Activa de Inserción es una ayuda económica mensual para las personas que después de haber estado recibiendo una prestación sigan sin encontrar trabajo. Por formar parte de uno de los colectivos que más complicado lo tienen, entre ellos, las amas de casa:
Desempleados de larga duración con 45 o más años cumplidos.
Personas discapacitadas (mínimo con un 33% de discapacidad reconocida).
Víctimas de violencia doméstica o de género.
Personas que han vuelto a España tras haber vivido un periodo de tiempo en el extranjero. Es decir, emigrantes retornados con 45 o más años cumplidos.
La cuantía de esta ayuda es de 480 euros, es decir, el 80% del IPREM. Tiene una duración de 11 meses, aunque es ampliable, en función de la situación. Es posible solicitarla hasta 3 veces.
Requisitos para solicitar la renta activa de inserción
En primer lugar, es fundamental que estés dado de alta como desempleado y como demandante de empleo. En todo el periodo en el que has estado dado de alta como tal, no puedes haber rechazado ofertas de empleo ni de formación.
Es fundamental que no hayas cumplido la edad para poder jubilarte, los 65 años. En caso de ser así, tendrás que solicitar la prestación ordinaria de jubilación.
Tus ingresos tienen que ser inferiores a723,75 € al mes. Esta cantidad se obtiene calculando el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
En caso de que convivas con tu pareja, hijos (de menos de 26 años) o menores de acogida, tendrás que sumar los ingresos de todos ellos y dividirlo entre el número de integrantes. Para poder optar a la RAI el resultado tiene que ser inferior a los 723.75 € al mes.
Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción
El SEPE es el organismo encargado de tramitar esta ayuda. De tal forma, que el trámite se puede realizar tanto de forma presencial (en su red de oficinas), como online. Eso sí, debes tener en cuenta que para poder completar el trámite online, es necesario contar con el certificado digital.
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El Ingreso Mínimo Vital es una de las prestaciones más populares que existen. Es una ayuda dirigida a aquellas personas que no pueden cubrir sus necesidades básicas por no tener suficientes ingresos.
Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital
En este caso, el Ingreso Mínimo Vital se solicita a través de la Seguridad Social. Es una de las ayudas a las que también pueden optar las amas de casa. En este caso, se tramita a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social:
Sin certificado digital o cl@ve. La solicitud se tramita a través del servicio del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Con certificado digital o cl@ve. En este caso, el IMV se solicita a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Requisitos Ingreso Mínimo Vital
Haber cumplido, al menos, los 23 años.
Tener residencia en España desde al menos 1 año de todos los miembros de la familia o unidad de convivencia.
Haber solicitado todas las ayudas a las que se podría tener derecho, como las pensiones especiales. Algunas de ellas son el subsidio por insuficiencia de cotización, las prestaciones no contributivas, el subsidio extraordinario, la renta activa de inserción o la renta mínima de inserción.
Tener unos ingresos inferiores al considerado Ingreso Mínimo Vital.
Prestaciones del SEPE para mayores de 45 años
Cómo solicitarla la prestación del SEPE para mayores de 45 años
A través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): para hacerlo de esta manera necesitarás acceder con DNI electrónico, cl@ve o Certificado digital. En caso de que no los tengas te recomendamos que te lo hagas para poder agilizar los procesos en obtención de ayudas.
Presencialmente en una de las oficinas del SEPE de tu localidad. En este caso es fundamental que pidas cita previa.
Lo más recomendable es realizar la solicitud online. De esta forma no tendrás que desplazarte hasta una de las oficinas del SEPE.
Requisitos para las prestaciones del SEPE para mayores de 45 años
Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
No haber rechazado uno de los trabajos de colocación que ofrece el gobierno ni formación.
Tienes que haber recibido el paro durante el tiempo que te correspondía y haberlo terminado. Se entiende como paro la prestación por desempleo contributiva.
Tus ingresos mensuales han de ser iguales o inferiores a 723,75 € al mes.
En el último mes en el que hayas recibido el paro tienes que tener entre 45 y 51 años.
Prestaciones del SEPE para mayores de 52 años
Cómo solicitar la prestación del SEPE para mayores de 52 años
A través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para hacerlo de esta manera necesitarás acceder con DNI electrónico, cl@ve o Certificado digital. En caso de que no los tengas te recomendamos que te lo hagas para poder agilizar los procesos en obtención de ayudas.
Presencialmente en una de las oficinas del SEPE de tu localidad. En este caso es fundamental que pidas cita previa.
Requisitos de la prestación del SEPE para mayores de 52 años
Puedes pedir la prestación para personas mayores de 52 años, siempre y cuando:
Se te ha agotado el subsidio de desempleo o paro.
Has vuelto a España después de haber trabajado un mínimo de 12 meses en los últimos 6 años fuera del país. Es decir, eres un emigrante retornado.
Recientemente, se ha revisado tu nivel de incapacidad y has perdido la pensión de incapacidad permanente.
Has salido de prisión después de cumplir una condena de al menos 6 meses.
No tienes derecho a paro por insuficiencia de cotización.
Ayuda por cargas familiares
Cuando se habla de ayuda familiar se suele hablar en referencia a la prestación que se percibe cuando finaliza el paro. Hay casos en los que la persona no ha cotizado los 360 días necesarios para poder acceder a este. Por ello, es una solución que cubre hasta el 80% del SMI. Tener un hijo menor de 26 años sin ingresos también cuenta para poder conseguir la ayuda.
Cómo solicitar la ayuda por cargas familiares
Si tiene certificado digital, DNI electrónico o clave, es posible solicitarlo a través de la Sede Electrónica del SEPE. Si no los tiene, utilice los sistemas siguientes:
Nuevo formulario de pre-solicitud. Es un servicio que permite pedir los subsidios online pero sin necesidad de tener certificado digital.
Usted envía la información del subsidio que va a solicitar y cuando lo recibe el gestor del SEPE, lo tramita y contacta con usted en caso de ser necesario aportar más información.
Solicitud en persona en las oficinas de empleo. Para ello es obligatorio pedir cita previa.
Requisitos para solicitar la ayuda por cargas familiares
Estar en desempleo.
Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación. Sin haber rechazado oferta de trabajo, ni haberse negado a participar en formaciones. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
Suscribir el compromiso de actividad.
Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
Tener responsabilidades familiares.
Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Otras preguntas frecuentes
🤔¿Hay ayudas para las amas de casa?
Sí, hay varias ayudas que van desde el Ingreso Mínimo Vital hasta las prestaciones de 45 o 52 años.
💥¿Cómo pedir ayudas para las amas de casa?
En función de la ayuda que vayas a solicitar, es necesario que tengas en cuenta la institución encargada de su tramitación.
Experto en ayudas y subvenciones. Ha trabajado en medios de comunicación como Business Insider o Xataka, entre otros. Ahora a los mandos de Tus-Ayudas.es desde septiembre de 2022.
Tengo 54 años.nunca he cotizado porque siempre he estado de ama de casa.mi padre es mayor,tiene 87 años y una pensión de 600(+o-) y mi marido solo consigue trabajos temporales muy mal remunerados,casi nunca supera los 500 o 600 al mes y tenemos una hipoteca de 340€.¿podría solicitar el subsidio para amas de casa? Gracias
Yo tengo 53 y mi hija 26 puedo solicitar ayuda mayores 52?
Alejandro
Hola, Antonia
Siempre y cuando cumpla con los distintos requisitos, si.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Marlen Diez Ovies
Tengo 59 años y soy cuidadora no profesional de mi padre de 88 años. Soy emigrante retornada y vivo hace más de 5 años en éste país. He cotizado a la seguridad social 1 año solamente. Mi pregunta es:
¿ Se puede considerar ser cuidador no profesional como una búsqueda de empleo para tener derecho a la ayuda como ama de casa (RAI)?
Nota. Mi país de procedencia es Cuba, no pertenece al Espacio Económico Europeo y no tiene convenios con España de totalizacion de períodos para la protección por desempleo.
Gracias.
Alejandro
Hola, Marlen
Lo mejor en este caso es que te resuelvan la duda en la oficina del SEPE más cercana.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
MARIA DE LOS ANGELES BENITEZ SANTANA
Se me termina la RAI en abril no tengo es la segunda vez que la cobro no encuentro trabajo tengo 49 años u una me or a mi cargo que ayudas tengo derecho a cobrar
Alejandro
Hola, María
Lo mejor es que acuda hasta el asistente social de su ayuntamiento.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
M. Carmen Delgado Vicente
Buenas tardes, soy una mujer de 57 años.. ahora mismo no puedo trabajar por estar al cuidado de una persona dependiente. No recibo ningún tipo de prestación, tan solo cotizan en el régimen especial por cuidado de persona dependiente. Vivo con mi madre viuda con una pensión de 815 euros y una prestación a nombre de mi madre de 207 euros. Me dedico exclusivamente a las tareas domésticas y al cuidado de mi madre. Tengo derecho algún tipo de prestación
Alejandro
Hola, Carmen
Te dejo toda la información.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Nuestro algoritmo calcula cuáles son las ayudas que puedes solicitar
Tengo 54 años.nunca he cotizado porque siempre he estado de ama de casa.mi padre es mayor,tiene 87 años y una pensión de 600(+o-) y mi marido solo consigue trabajos temporales muy mal remunerados,casi nunca supera los 500 o 600 al mes y tenemos una hipoteca de 340€.¿podría solicitar el subsidio para amas de casa? Gracias
Hola, María
Te dejo las ayudas para mayores de 52 años.
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saludos
Yo tengo 53 y mi hija 26 puedo solicitar ayuda mayores 52?
Hola, Antonia
Siempre y cuando cumpla con los distintos requisitos, si.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Tengo 59 años y soy cuidadora no profesional de mi padre de 88 años. Soy emigrante retornada y vivo hace más de 5 años en éste país. He cotizado a la seguridad social 1 año solamente. Mi pregunta es:
¿ Se puede considerar ser cuidador no profesional como una búsqueda de empleo para tener derecho a la ayuda como ama de casa (RAI)?
Nota. Mi país de procedencia es Cuba, no pertenece al Espacio Económico Europeo y no tiene convenios con España de totalizacion de períodos para la protección por desempleo.
Gracias.
Hola, Marlen
Lo mejor en este caso es que te resuelvan la duda en la oficina del SEPE más cercana.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Se me termina la RAI en abril no tengo es la segunda vez que la cobro no encuentro trabajo tengo 49 años u una me or a mi cargo que ayudas tengo derecho a cobrar
Hola, María
Lo mejor es que acuda hasta el asistente social de su ayuntamiento.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Buenas tardes, soy una mujer de 57 años.. ahora mismo no puedo trabajar por estar al cuidado de una persona dependiente. No recibo ningún tipo de prestación, tan solo cotizan en el régimen especial por cuidado de persona dependiente. Vivo con mi madre viuda con una pensión de 815 euros y una prestación a nombre de mi madre de 207 euros. Me dedico exclusivamente a las tareas domésticas y al cuidado de mi madre. Tengo derecho algún tipo de prestación
Hola, Carmen
Te dejo toda la información.
Espero haber sido de ayuda 🙂
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