Si eres ama de casa y no has cotizado (o cotizaste muy poco), puedes optar a varias ayudas y pensiones, según tu edad, tus ingresos y tu situación. Si tienes 65 años o más, la principal es la pensión no contributiva, de 628,80 euros al mes en 2026. Te explicamos las ayudas para amas de casa, cuánto se cobra y cómo pedirlas.
Índice
¿Existe una pensión de 500 euros para amas de casa sin cotizar?
No existe ninguna prestación oficial llamada «pensión de 500 euros para amas de casa». Lo que sí existe son varias prestaciones reales a las que puedes acceder si te has dedicado al hogar, según tu edad, tus ingresos y lo que hayas cotizado (algunas, aunque no hayas cotizado nunca):
La pensión no contributiva de jubilación, si tienes 65 años o más, has residido legalmente en España al menos 10 años desde los 16 y tus ingresos no superan el límite.
El Ingreso Mínimo Vital, si tu hogar no llega a un nivel mínimo de ingresos.
Un subsidio del SEPE, si has trabajado y cotizado al menos 3 meses y te has quedado sin empleo (situación legal de desempleo).
Y, de cara al futuro, cotizar por tu cuenta en algunos casos, como empleada de hogar o como autónoma.
Pensión no contributiva: la pensión para amas de casa que no cotizaron
Es la respuesta principal para un ama de casa de 65 años o más que nunca cotizó y no tiene ingresos suficientes. La pensión no contributiva (PNC) de jubilación la paga la Seguridad Social a las personas de 65 años o más que llevan al menos 10 años de residencia legal en España desde los 16 (2 de ellos justo antes de pedirla) y carecen de rentas o ingresos suficientes, aunque no hayan cotizado lo suficiente para una pensión contributiva.
Estos son los datos básicos de la pensión en 2026:
Concepto
Pensión no contributiva de jubilación 2026
Importe íntegro
628,80 € al mes (8.803,20 € al año, en 14 pagas)
Importe mínimo
157,20 € al mes (el 25 %)
Edad
65 años o más
Residencia
10 años de residencia legal en España desde los 16 años (2 de ellos seguidos, justo antes de solicitar)
La cuantía no siempre es la máxima: se cobra el importe íntegro de 628,80 euros al mes cuando tus ingresos anuales no pasan del 35 % de la pensión (3.081,12 euros al año); si los superas, se descuenta el exceso, con un suelo del 25 % (157,20 euros al mes).
La pensión no contributiva no exige haber cotizado ni un solo día: lo que cuenta es, principalmente, la edad, la residencia legal y no superar el límite de ingresos.
Límites de ingresos de la pensión no contributiva en 2026
Además de la edad y la residencia, hay que no superar un límite de ingresos. Si vives sola, el tope es de 8.803,20 euros al año, la misma cifra que la cuantía anual de la pensión no contributiva. Si convives con familiares, el límite sube según el número de personas de la unidad de convivencia:
Personas que conviven
Límite de ingresos al año
Si convives con padres o hijos
1 (vives sola)
8.803,20 €
Sin variación
2
14.965,44 €
37.413,60 €
3
21.127,68 €
52.819,20 €
4
27.289,92 €
68.224,80 €
La columna de la derecha se aplica cuando en la casa conviven ascendientes o descendientes de primer grado (padre, madre o hijos): en ese caso el límite es 2,5 veces el de la columna central.
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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda de la Seguridad Social para personas y hogares que no llegan a un nivel mínimo de ingresos y patrimonio, y no tiene edad máxima. Una persona dedicada al hogar puede pedirlo si convive en una unidad familiar con pocos recursos.
Como regla general, hay que tener al menos 23 años (o ser mayor de edad con menores a cargo), residir legalmente en España desde hace un año como mínimo (hay excepciones, como las víctimas de violencia de género) y estar en situación de vulnerabilidad económica. En 2026, la renta garantizada para un adulto que vive solo es de 733,60 euros al mes, y sube con cada miembro del hogar.
Importante
El IMV hay que solicitarlo ante la Seguridad Social: si no presentas la solicitud, no lo cobras aunque cumplas los requisitos. Hay una excepción para quien va a agotar un subsidio por desempleo del SEPE: si en la fecha prevista de agotamiento es mayor de 23 años, no tiene otras personas empadronadas en su domicilio salvo su unidad familiar del subsidio y da su consentimiento en el trimestre anterior, el SEPE envía sus datos a la Seguridad Social, que tramita el IMV sin solicitud ordinaria. Si no se cumplen esas condiciones, hay que presentar la solicitud normal.
Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital
El IMV se solicita en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en la web del IMV (imv.seg-social.es), con Cl@ve o certificado digital, o sin certificado mediante el servicio del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Subsidio para amas de casa que sí cotizaron algo
Si has cotizado al menos 3 meses, aunque no lo suficiente para cobrar el paro, puedes pedir el subsidio por insuficiencia de cotización del SEPE, estando en situación legal de desempleo y sin rentas propias o, alternativamente, con responsabilidades familiares. Los 3 meses bastan con o sin cargas familiares.
Tras la reforma de 2024, este subsidio se cobra por tramos sobre el IPREM: 570 euros al mes los primeros 180 días, 540 los siguientes y 480 a partir del día 361. Con cargas familiares y al menos 6 meses cotizados, puede durar hasta 21 meses. Si tienes 52 años o más y una trayectoria laboral larga, existe también el subsidio para mayores de 52 años: de la jubilación contributiva solo se exceptúa la edad, así que hay que reunir el resto de sus requisitos, haber cotizado al menos 6 años por desempleo y carecer de rentas propias.
Atención
Tras la reforma de 2024, los principales subsidios del SEPE son el de agotamiento de la prestación, el de insuficiencia de cotización, el de mayores de 52 años y el de emigrantes retornados. Ya no hay un subsidio específico para mayores de 45 años.
Cómo cotizar siendo ama de casa para tu futura pensión
Si te preocupa tu jubilación, hay algunas vías para seguir cotizando o empezar a hacerlo, pero no todas están abiertas a quien nunca ha cotizado:
Convenio especial con la Seguridad Social: un acuerdo voluntario con la Tesorería General de la Seguridad Social que te permite seguir cotizando pagando una cuota mensual, con una base de cotización que eliges entre la mínima y la que corresponda a tus cotizaciones anteriores. Para suscribirlo hace falta haber cotizado antes al menos 1.080 días (unos 3 años) en los 12 años anteriores a la baja, y pedirlo dentro del año siguiente a esa baja; si nunca has cotizado, esta vía no está abierta. La excepción es el convenio de cuidadoras no profesionales de una persona dependiente, que tiene sus propios requisitos (cuidar a una persona con la dependencia reconocida) y no pide cotización previa.
Alta como empleada de hogar: un familiar puede contratarte como empleada del hogar y darte de alta, pero si eres su cónyuge o pariente hasta segundo grado, convives con quien te contrata y estás a su cargo (por ejemplo, con tu cónyuge), la ley presume que no hay relación laboral, salvo que demuestres que eres realmente asalariada, con tareas, horario y salario reales.
Alta como autónoma: si realizas alguna actividad por tu cuenta, puedes darte de alta como autónoma y cotizar por ella.
Si cumples los requisitos de la vía que elijas, ese tiempo suma años de cotización de cara a una futura pensión de jubilación contributiva.
Pensión compensatoria si te divorcias
Si eres ama de casa y te divorcias, puedes tener derecho a una pensión compensatoria. No es una ayuda pública, sino un derecho civil: la cobra el cónyuge que queda en peor situación económica por el divorcio (por ejemplo, quien pausó su carrera para cuidar a la familia).
No tiene una cuantía ni una duración fijas: las decide el juez (o el convenio regulador) valorando la edad, la dedicación a la familia, la duración del matrimonio y la situación de cada parte.
Cómo solicitar las ayudas para amas de casa
Depende de qué ayuda pidas:
Pensión no contributiva: se pide en el órgano de tu comunidad autónoma que la gestiona (en Ceuta y Melilla, en las direcciones territoriales del Imserso).
Ingreso Mínimo Vital: en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en la web del IMV (imv.seg-social.es).
Subsidios: en el SEPE, por internet con DNI electrónico, Cl@ve o certificado digital, o presencialmente con cita previa.
Ten a mano tu DNI (o tu NIE si eres extranjera), el certificado de empadronamiento, el número de cuenta bancaria y, si te lo piden, los justificantes de ingresos de las personas que conviven contigo; si eres extranjera, también el documento que acredite tu residencia legal.
Otras preguntas frecuentes
👵¿Qué pensión cobra un ama de casa que no ha cotizado nunca?
La pensión no contributiva de jubilación, si tienes 65 años o más, has residido legalmente en España 10 años desde los 16 (dos de ellos justo antes de pedirla) y tus ingresos no superan el límite. En 2026 el importe íntegro es de 628,80 euros al mes (8.803,20 euros al año, en 14 pagas); si tienes ingresos propios, baja hasta un mínimo del 25 % (157,20 euros al mes).
💶¿Existe una pensión de 500 euros para amas de casa?
No. No existe ninguna prestación oficial con ese nombre ni con esa cuantía fija. Las ayudas reales son la pensión no contributiva (desde los 65 años), el Ingreso Mínimo Vital y los subsidios del SEPE.
📝¿El Ingreso Mínimo Vital se concede automáticamente?
No, por regla general: tienes que pedirlo tú a la Seguridad Social, y sin esa solicitud no llega aunque cumplas todo. La excepción es cuando estás a punto de agotar un subsidio por desempleo, tienes más de 23 años en la fecha prevista de agotamiento, en tu domicilio no hay otras personas empadronadas fuera de tu unidad familiar del subsidio y, en los tres meses previos, autorizas al SEPE a pasar tus datos a la Seguridad Social, que tramita el IMV sin solicitud ordinaria. Si falta alguna de esas condiciones, toca la solicitud normal.
🏦¿Puede un ama de casa cotizar para su jubilación?
Sí, como empleada de hogar o como autónoma si hay un trabajo real; el convenio especial, solo si ya cotizaste antes: exige 1.080 días cotizados en los 12 años anteriores a la baja (salvo el de cuidadoras no profesionales de una persona dependiente, que tiene sus propios requisitos). Si te contrata tu cónyuge o un pariente hasta segundo grado con quien convives y a cuyo cargo estás, la ley presume que no hay relación laboral salvo que lo pruebes.
Director y responsable editorial de Tus-Ayudas.es, que dirige desde 2022. Ha trabajado como periodista en medios como Business Insider y Xataka. Supervisa la línea editorial del sitio y garantiza el rigor y la actualización de las guías sobre ayudas y prestaciones públicas.
Buenas tardes. Soy una mujer de 47 años que no he trabajado desde que nació mi hijo, hace 14 años. Por circunstancias de la vida, no me di de alta en el sepe desde hace unos 10 años. Hoy me he vuelto a dar de alta. Vivo con mi padre, pensionista, y mi hijo antes comentado. Tal y como están las cosas, tengo necesidad de ayudar en casa.
Voy a echar el IMV, pero …. y si me lo deniegan? Además tardan en contestar, y quiero ayudar lo antes posible.
¿Me podrías aconsejar, por favor?
Alejandro
Hola, Beatriz
Si le deniegan el IMV aun cumpliendo con los requisitos, quizás pueda optar a la RAI.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Montse Serrano
Hola tengo 56 años cobro la prestación para mayores de 52 años, 430€ y mi marido tiene 58 años y cobra la misma prestación y cobra 430€. Los dos estamos parados. Puedo cobrar la ayuda para amas de casa o alguna ayuda mas? Gracias
Alejandro
Hola, Montse
Si cumple con los requisitos, sí. Pero una vez ya percibe una prestación, es complicado que le den adicionales.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Marta Jiménez Romero
No tengo trabajo tengo 56años no tengo cotización en la seguridad social y vivo con mi padre que es pensionista que ayuda puedo pedir
Alejandro
Hola, Marta
Lo mejor es que acuda hasta un asistente social cercano para que le ofrezca las ayudas que podría percibir.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Nicole aedo
Hola buenas tardes soy mama de 2 nenas pequeñas de 2 y 4 años. No tengo trabajo hace 4 años. Tengo 41 años. Nose si tengo derecho a alguna ayuda. El.padre de mis hijas se fue a vivir a ibiza pero aun asi no esta desempadronado aca. Nose q hacer porque solo tengo deudas que me dejo este chico. Pense q podia pedir la ayuda para ama de casa. Pero es de 45 años en adelante….
Alejandro
Hola, Nicole
En tu caso, lo mejor es que acudas hasta el asistente social de tu municipio y te ayude a tramitar el resto de ayudas.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Yesenia Perea
Hola yo tengo un bebé de 4 meses soy mamá soltera tengo un obstáculo por el cual no puedo ir a trabajar ya me hicieron el llamado pero no puedo por mi bebé .eh pedido la excedencia por cuidado de hijo
Ahora solo cobro 480 de ayuda cuando se me termine en junio puedo pedir la 21 meses o que debo hacer gracias 🫂
Alejandro
Hola, Yesnia
Lo mejor es que acuda hasta la Seguridad Social para que pueda conocer todas las ayudas a las que tiene derecho.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Nuestro algoritmo calcula cuáles son las ayudas que puedes solicitar
Buenas tardes. Soy una mujer de 47 años que no he trabajado desde que nació mi hijo, hace 14 años. Por circunstancias de la vida, no me di de alta en el sepe desde hace unos 10 años. Hoy me he vuelto a dar de alta. Vivo con mi padre, pensionista, y mi hijo antes comentado. Tal y como están las cosas, tengo necesidad de ayudar en casa.
Voy a echar el IMV, pero …. y si me lo deniegan? Además tardan en contestar, y quiero ayudar lo antes posible.
¿Me podrías aconsejar, por favor?
Hola, Beatriz
Si le deniegan el IMV aun cumpliendo con los requisitos, quizás pueda optar a la RAI.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Hola tengo 56 años cobro la prestación para mayores de 52 años, 430€ y mi marido tiene 58 años y cobra la misma prestación y cobra 430€. Los dos estamos parados. Puedo cobrar la ayuda para amas de casa o alguna ayuda mas? Gracias
Hola, Montse
Si cumple con los requisitos, sí. Pero una vez ya percibe una prestación, es complicado que le den adicionales.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
No tengo trabajo tengo 56años no tengo cotización en la seguridad social y vivo con mi padre que es pensionista que ayuda puedo pedir
Hola, Marta
Lo mejor es que acuda hasta un asistente social cercano para que le ofrezca las ayudas que podría percibir.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Hola buenas tardes soy mama de 2 nenas pequeñas de 2 y 4 años. No tengo trabajo hace 4 años. Tengo 41 años. Nose si tengo derecho a alguna ayuda. El.padre de mis hijas se fue a vivir a ibiza pero aun asi no esta desempadronado aca. Nose q hacer porque solo tengo deudas que me dejo este chico. Pense q podia pedir la ayuda para ama de casa. Pero es de 45 años en adelante….
Hola, Nicole
En tu caso, lo mejor es que acudas hasta el asistente social de tu municipio y te ayude a tramitar el resto de ayudas.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Hola yo tengo un bebé de 4 meses soy mamá soltera tengo un obstáculo por el cual no puedo ir a trabajar ya me hicieron el llamado pero no puedo por mi bebé .eh pedido la excedencia por cuidado de hijo
Ahora solo cobro 480 de ayuda cuando se me termine en junio puedo pedir la 21 meses o que debo hacer gracias 🫂
Hola, Yesnia
Lo mejor es que acuda hasta la Seguridad Social para que pueda conocer todas las ayudas a las que tiene derecho.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos