❓¿Los autónomos tienen paro?
Sí, al igual que los empleados asalariados, estos cuentan con prestación por desempleo. Será mayor o menor en función de lo que hayan cotizado.
Ser autónomo cuenta con muchas ventajas, pero también con alguna que otra desventaja que es importante tener en cuenta. El autónomo tiene que gestionar todos los pagos a Hacienda y su propia cotización a la Seguridad Social. Por lo tanto, en caso de quedarse desempleados… ¿Tienen paro los autónomos?
Índice
Sí, los autónomos tienen paro. En su caso, en vez de llamarse “paro” como tal, se llama “prestación por cese de actividad”, pero al uso es lo mismo que el paro.
Empecemos por el principio. Para poder cobrar una prestación como el paro, es fundamental que anteriormente hayas estado cotizando a la Seguridad Social. En función del número de meses que hayas estado cotizando y de lo que hayas estado ingresando, cobrarás una cantidad u otra de paro durante un tiempo determinado.
En el caso de los autónomos, hasta antes del 1 de enero de 2019, cotizar por el paro era opcional. A partir de esa fecha, todos los autónomos están obligados a cotizar por el paro. Los únicos casos en los que una persona puede no hacerlo son aquellos que sean.
Pagar la cuota de seguridad social es clave para poder optar a diferentes ayudas y prestaciones como el paro. Hoy en día es obligatorio pagar, como mínimo, 294 € al mes a la Seguridad Social.
En caso de que no se haga la penalización es muy alta y nada recomendable. Si no pagas durante el primer mes, Hacienda te penalizará con el 10% extra. Si sigues sin pagar con el 20%, pudiendo llegar a embargarte bienes para poder afrontar el pago.
Para ayudar a aquellas personas que estén planteándose darse de alta como autónomos, el Gobierno instauró que podrían optar a pagar menos durante los primeros años.
Para poder optar a esta ayuda, es necesario que te estés dando de alta por primera vez como autónomo o que, en caso de que no sea la primera vez, hayan pasado 2 años desde que lo fueras. Si ya te dieron esta ayuda, tendrán que haber pasado 3 años.
Tarifa plana nuevos autónomos | |
Mes | Cuota |
Del mes 0 al 12 | 60 € al mes |
Del mes 13 al 18 | 143,1 € al mes |
Del mes 19 al 24 | 200,3 € al mes |
Del mes 25 al 36 | 200,3 € al mes |
Esta cuota cubre los gastos de “contingencias comunes” y “contingencias profesionales”. Desgraciadamente, no incluye el apartado de “cese de actividad” ni de “formación profesional”: Esto significa que, además del pago de la tarifa plana, habrá que sumar la cotización del 0,9% por cese de actividad y el 0,1% de formación.
Como veíamos anteriormente, será necesario haber cotizado un mínimo de 12 meses para poder cobrar el paro para autónomos. No obstante, ¿Cuánto tiempo voy a poder cobrarlo si he cotizado más meses?
Duración del paro para autónomos | |
Meses cotizados | Meses de paro |
De 12 a 17 | 4 meses |
De 18 a 23 | 6 meses |
De 24 a 29 | 8 meses |
De 30 a 35 | 10 meses |
De 36 a 42 | 12 meses |
De 43 a 47 | 16 meses |
48 o más | 24 meses (2 años) |
Si cumples con todos los requisitos, como mínimo recibirás 451,92 € al mes o, en caso de que tengas hijos, 604,38 € al mes.
La cantidad real que recibirás dependerá de por cuál haya sido tu base reguladora durante los últimos 12 meses. Para conocer de cuánto sería tu paro, puedes seguir los siguientes pasos:
El valor del paro para autónomos nunca será mayor de 988,58 € para las personas que no tienen hijos a su cargo. En caso de que sí tengan un hijo podrá aumentar hasta los 1.129,8 € y en el caso de tener dos o más 1.271,02 €.
El proceso para solicitar el paro siendo autónomo es diferente al de los trabajadores por cuenta ajena.
Como hemos visto anteriormente, para poder cobrar el paro tendrás que haber “cesado la actividad” y tener motivos justificados para ello.
Una vez se ha tomado la decisión de cesar la actividad, tendrás que contactar con la Mutua de autónomos a la que estés adscrito. Ellos te indicarán qué solicitud tienes que rellenar y cuáles son los documentos que necesitarás para que puedan validarla.
Tienes que hacer esta gestión, como tarde, el último día del mes siguiente en el que declaras que has dejado de trabajar. Una vez realizada la solicitud, podrán solicitarte que envíes más información en un plazo de 10 días hábiles. En 30 días hábiles te habrán comunicado si puedes acceder al paro y de cuánto será tu mensualidad.
Sí, al igual que los empleados asalariados, estos cuentan con prestación por desempleo. Será mayor o menor en función de lo que hayan cotizado.
Sí, hay que tributar por esta prestación si superas el límite.
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Simular mis ayudas
Hola!! Me gustaría saber si puedo solicitar alguna ayuda. Os pongo en situación: en 2018 solicité el pago único, me di de alta de autónomo para montar un centro de entrenamiento. Por la pandemia se cerró pero seguí dada de alta de autónoma hasta septiembre del 21. Tengo dos hijos de 4 y 2 años. Cuando la mayor cumplió 3 ya no recibí la ayuda de los 100€ y cuando me di de baja de autónomo dejaron de pagarme la ayuda de 100€ de mi hijo pequeño. Ahora resulta que esta ayuda la podría haber recibido aún estando de baja de autónomo. Por otro lado, me di de alta como demandante de empleo en julio de este año y sigo en la misma situación sin trabajo, cuidando de los niños. Cómo puedo saber si puedo solicitar alguna ayuda. Mil gracias por vuestra ayuda.
Hola, Miriam
En efecto, podrías haber percibido la ayuda sin necesidad de ser autónoma. En este momento es posible que puedas optar al Ingreso Mínimo Vital y al cheque bebé hasta que cumpla los tres años.
Espero haber sido de ayuda 🙂 ,
un saludo