Desempleo

Todo sobre el paro de los autónomos

El 11 enero 2024 por Laura - 6 minutos de lectura

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Ser autónomo cuenta con muchas ventajas, pero también con alguna que otra desventaja que es importante tener en cuenta. El autónomo tiene que gestionar todos los pagos a Hacienda y su propia cotización a la Seguridad Social. Por lo tanto, en caso de quedarse desempleados… ¿Tienen paro los autónomos?

¿Los autónomos tienen paro?

Sí, los autónomos tienen paro. En su caso, en vez de llamarse “paro” como tal, se llama “prestación por cese de actividad”, pero al uso es lo mismo que el paro.

Qué autónomos tienen derecho a paro

Empecemos por el principio. Para poder cobrar una prestación como el paro, es fundamental que anteriormente hayas estado cotizando a la Seguridad Social. En función del número de meses que hayas estado cotizando y de lo que hayas estado ingresando, cobrarás una cantidad u otra de paro durante un tiempo determinado.

En el caso de los autónomos, hasta antes del 1 de enero de 2019, cotizar por el paro era opcional. A partir de esa fecha, todos los autónomos están obligados a cotizar por el paro. Los únicos casos en los que una persona puede no hacerlo son aquellos que sean.

  1. Autónomos Agrarios que estén en el Sistema Especial.
  2. Aquellos que sean socios de alguna de las cooperativas que están en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Cuota de seguridad social del paro autónomos

Pagar la cuota de seguridad social es clave para poder optar a diferentes ayudas y prestaciones como el paro. Hoy en día es obligatorio pagar, como mínimo, 294 € al mes a la Seguridad Social.

En caso de que no se haga la penalización es muy alta y nada recomendable. Si no pagas durante el primer mes, Hacienda te penalizará con el 10% extra. Si sigues sin pagar con el 20%, pudiendo llegar a embargarte bienes para poder afrontar el pago.

La tarifa plana para autónomos

Para ayudar a aquellas personas que estén planteándose darse de alta como autónomos, el Gobierno instauró que podrían optar a pagar menos durante los primeros años. 

Para poder optar a esta ayuda, es necesario que te estés dando de alta por primera vez como autónomo o que, en caso de que no sea la primera vez, hayan pasado 2 años desde que lo fueras. Si ya te dieron esta ayuda, tendrán que haber pasado 3 años. 

Tarifa plana nuevos autónomos
Mes Cuota
Del mes 0 al 12 60 € al mes
Del mes 13 al 18 143,1 € al mes
Del mes 19 al 24 200,3 € al mes
Del mes 25 al 36 200,3 € al mes

Esta cuota cubre los gastos de “contingencias comunes” y “contingencias profesionales”. Desgraciadamente, no incluye el apartado de “cese de actividad” ni de “formación profesional”: Esto significa que, además del pago de la tarifa plana, habrá que sumar la cotización del 0,9% por cese de actividad y el 0,1% de formación.

Requisitos para poder cobrar el paro para autónomos

  • Estar dado de alta y afiliado en la RETA.
  • Suscribir el compromiso de actividad y de búsqueda activa de empleo. Esto significa que tendrás que formar parte de las actividades laborales a las que se te llame.
  • No puedes haber cumplido ya la edad mínima de jubilación. Existe una excepción y es en el caso de que no puedas jubilarte todavía por haber trabajado menos meses de los requeridos.
  • Para poder recibir el paro de autónomos tienes que haber cotizado por cese de actividad, como mínimo, los últimos 12 meses. Para poder recibir el paro durante el máximo número de meses posible (24 meses), tendrás que haber cotizado por 48 meses.
  • Tienes que justificar haber dejado de trabajar por motivos ajenos a ti. Es decir, por motivos económicos (pérdidas del 10%), técnicos, productivos u organizativos. También podrás solicitarlo si has perdido una licencia, fuerza mayor, ser una víctima de violencia de género o haber pasado por un divorcio.
  • Estar a la orden del día con los pagos a la Seguridad Social. En caso de que no lo estés, se te dan 30 días para poder realizar todos los pagos que tengas pendientes. Si no lo haces, no tendrás derecho a esta prestación.
  • En caso de que hayas perdido tu licencia de actividad por causas penales no podrás solicitarla.

¿A cuánto paro tengo derecho si soy autónomo?

Como veíamos anteriormente, será necesario haber cotizado un mínimo de 12 meses para poder cobrar el paro para autónomos. No obstante, ¿Cuánto tiempo voy a poder cobrarlo si he cotizado más meses?

Duración del paro para autónomos
Meses cotizados Meses de paro
De 12 a 17 4 meses
De 18 a 23 6 meses
De 24 a 29 8 meses
De 30 a 35 10 meses
De 36 a 42 12 meses
De 43 a 47 16 meses
48 o más 24 meses (2 años)

Cuánto cobran los autónomos de paro

Si cumples con todos los requisitos, como mínimo recibirás 451,92 € al mes o, en caso de que tengas hijos, 604,38 € al mes.

La cantidad real que recibirás dependerá de por cuál haya sido tu base reguladora durante los últimos 12 meses. Para conocer de cuánto sería tu paro, puedes seguir los siguientes pasos:

  1. Recoge el valor de las bases reguladoras de tus últimos 12 meses.
  2. Calcula la media de las bases reguladoras para estos 12 meses.
  3. Multiplica el resultado obtenido por 70%.
  4. El resultado será el paro que obtendrás de la Seguridad Social.

El valor del paro para autónomos nunca será mayor de 988,58 € para las personas que no tienen hijos a su cargo. En caso de que sí tengan un hijo podrá aumentar hasta los 1.129,8 € y en el caso de tener dos o más 1.271,02 €.

Atención
¿Quieres abrir tu propio negocio? Puedes capitalizar tu paro para recibirlo en un único pago.

¿Cómo solicitar el paro siendo autónomo?

El proceso para solicitar el paro siendo autónomo es diferente al de los trabajadores por cuenta ajena.

Como hemos visto anteriormente, para poder cobrar el paro tendrás que haber “cesado la actividad” y tener motivos justificados para ello.

Una vez se ha tomado la decisión de cesar la actividad, tendrás que contactar con la Mutua de autónomos a la que estés adscrito. Ellos te indicarán qué solicitud tienes que rellenar y cuáles son los documentos que necesitarás para que puedan validarla.

Tienes que hacer esta gestión, como tarde, el último día del mes siguiente en el que declaras que has dejado de trabajar. Una vez realizada la solicitud, podrán solicitarte que envíes más información en un plazo de 10 días hábiles. En 30 días hábiles te habrán comunicado si puedes acceder al paro y de cuánto será tu mensualidad.

Por lo tanto...
Es decir, si cesas la actividad un lunes 14 de febrero, tienes hasta el 31 de marzo para pedir el paro. Si haces la gestión el 14 de febrero, la entidad responsable tiene como límite para pedirte nueva documentación el 28 de febrero (recordemos que los 10 días son hábiles). Lo que significa que el 12 de abril (30 días hábiles) tendrán que haberte dado una respuesta.
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Laura

Experta en ayudas y subvenciones

Laura es redactora y responsable de Tus Ayudas desde 2021. Tiene experiencia trabajando para empresas y asociaciones sin ánimo de lucro, estando especializada en ayudas gubernamentales y comunicación.


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Preguntas
  • Miriam Espejo

    Hola!! Me gustaría saber si puedo solicitar alguna ayuda. Os pongo en situación: en 2018 solicité el pago único, me di de alta de autónomo para montar un centro de entrenamiento. Por la pandemia se cerró pero seguí dada de alta de autónoma hasta septiembre del 21. Tengo dos hijos de 4 y 2 años. Cuando la mayor cumplió 3 ya no recibí la ayuda de los 100€ y cuando me di de baja de autónomo dejaron de pagarme la ayuda de 100€ de mi hijo pequeño. Ahora resulta que esta ayuda la podría haber recibido aún estando de baja de autónomo. Por otro lado, me di de alta como demandante de empleo en julio de este año y sigo en la misma situación sin trabajo, cuidando de los niños. Cómo puedo saber si puedo solicitar alguna ayuda. Mil gracias por vuestra ayuda.

    • Alejandro Fernández Couto

      Hola, Miriam

      En efecto, podrías haber percibido la ayuda sin necesidad de ser autónoma. En este momento es posible que puedas optar al Ingreso Mínimo Vital y al cheque bebé hasta que cumpla los tres años.

      Espero haber sido de ayuda 🙂 ,

      un saludo

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