🔎¿Las personas discapacitadas pagan IBI?
Sí. Actualmente, la normativa reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles no contempla ninguna exención o reducción a favor de las personas con discapacidad.
El IBI (impuesto de Bienes Inmuebles), se trata de uno de los impuestos que menos margen deja para el ahorro. Toda persona propietaria de una vivienda está obligada a pagar este impuesto de forma anual. Y aunque la cantidad depende de cada ayuntamiento, en Tus Ayudas recopilamos algunos trucos para pagar menos IBI.
Índice
Aunque el Impuesto de Bienes Inmuebles no deja demasiado margen al ahorro, sí es cierto que hay una serie de recomendaciones que pueden ayudarte a pagar menos IBI. Estos son cinco consejos que aporta la OCU y uno extra para que consigas rebajar el precio del IBI. Recuerda que se trata de una orientación general, la cuantía del impuesto depende del tipo de inmueble y la zona donde se encuentre.
Puedes consultar los datos catastrales de tu propiedad en la sede electrónica del catastro, para comprobar que sean correctos. En base a estos datos se calcula el importe del IBI, por lo que es esencial que correspondan a la realidad. En ocasiones puede haber algún error, como ejemplo, que conste una superficie más grande, una confusión en la tipología de la propiedad, o en el año de construcción.
Estos errores, que en ocasiones no parecen tan graves, podrían incrementar significativamente el valor catastral del inmueble, y por lo tanto, el precio del IBI. Si identificas alguna disonancia en el catastro, inicia lo más pronto posible un procedimiento de corrección de discrepancias, aportando las pruebas pertinentes.
En algunos ayuntamientos, tener domiciliado el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles puede suponer una bonificación de hasta el 5% de la cuantía. En otras zonas también recompensan a los propietarios que abonen el impuesto de forma anticipada. No dudes en consultar el procedimiento particular de tu ayuntamiento para consultar todas las bonificaciones y no pagar de más.
Si eres propietario de una Vivienda de Protección Oficial, no olvides que te beneficiarás de una bonificación del 50% del precio del IBI. Esta rebaja es obligatoria en los tres primeros años de haber sido calificada como vivienda protegida. Una vez pasado ese tiempo, lo mejor es que consultes si puedes prolongar el descuento, aunque este sea más pequeño, ya que muchos ayuntamientos extienden la ventaja.
Si has instalado recientemente sistemas de mejora de eficiencia energética como por ejemplo placas solares, infórmate si está bonificado. Muchos ayuntamientos ofrecen una rebaja significativa del IBI si cumples con ciertos requisitos. Por ejemplo, usar determinados sistemas, cubrir cierta potencia de autoconsumo, o realizar cierta inversión.
En el caso del ayuntamiento de Madrid, tiene bonificada la instalación de placas solares de autoconsumo individual y colectivo hasta en un 50% en los primeros tres años. Pasado este tiempo, la rebaja aumenta hasta el 95% del coste total de la instalación. Esto significa que realizando una inversión de 5.200 euros, puedes ahorrar anualmente 300 euros de IBI. Después de tres años, el ahorro alcanzaría los 900 euros.
Aquellas familias que tengan el documento oficial de familia numerosa, también podrán ahorrar en el IBI. Las bonificaciones dependen del ayuntamiento, pero por lo general el descuento suele ser bastante interesante. Eso sí, las condiciones también dependen según la renta familiar y el número de hijos. Por ejemplo, en Vigo, las familias numerosas pueden beneficiarse de una rebaja de hasta el 90% del IBI, mientras que en Badajoz, el descuento por familia numerosa es del 50%.
Muchos ayuntamientos incentivan a los contribuyentes a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles por adelantado con rebajas y bonificaciones. De forma que los contribuyentes que decidan domiciliar el pago y abonarlo antes del periodo voluntario podrán disfrutar de un descuento significativo. Mediante este sistema especial de pago, los propietarios abonan aproximadamente el 60% de la cuota correspondiente antes de la campaña, y el resto durante el periodo voluntario, con una bonificación.
Algunos de los ayuntamientos que ofrecen bonificaciones por pago adelantado son: Madrid, San Sebastián de los Reyes, Oviedo, Las Palmas de Gran Canaria, Oviedo, etc. El periodo de pago anticipado suele ponerse en marcha en los meses de verano, por lo que es importante consultar con el ayuntamiento de nuestra localidad.
Si decides no domiciliar el pago del IBI, la mayoría de ayuntamientos dan la opción de pagar el IBI por internet. El trámite suele ser muy sencillo, y aunque puede variar de un municipio a otro, estas son las líneas generales.
Lo primero que debes hacer es entrar en la sede electrónica del ayuntamiento dónde esté situada la propiedad. Una vez dentro, busca la opción de ‘trámites’, ‘impuestos’, ‘tributos’, ‘tasas’, o algo parecido. Por ejemplo, en el ayuntamiento de Madrid hay que seguir la ruta: Ciudadanía/ Temas / Impuestos, tasas y multas / Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
En la página aparecerán las instrucciones a seguir. Normalmente, te dirigen a una oficina virtual, donde deberás utilizar tu certificado digital o cl@ve PIN para continuar con el trámite.
El último paso es introducir nuestros datos de tarjeta de crédito o débito, como si efectuásemos una compra normal por internet. Una vez se haya efectuado el pago, se generará un documento PDF con el recibo del IBI.
El IBI es un impuesto directo de carácter municipal, por lo que son los ayuntamientos los que imponen sus condiciones. Tanto es así, que la diferencia de IBI de una ciudad a otra, con el mismo valor catastral, puede ser de cientos de euros.
Según los datos de 2021, estas son las zonas con el IBI más alto y más bajo de toda España. Para un valor catastral de 80.000 euros, estas son las cinco zonas más caras y más baratas:
El IBI es un impuesto directo sobre la vivienda, de ámbito municipal. Esto quiere decir que el propietario de la vivienda debe abonar una cantidad al ayuntamiento por el derecho de uso de un inmueble. Este impuesto no solo afecta a los hogares, sino a todo tipo de edificios: locales, garajes, fincas, etc.
El Impuesto de Bienes Inmuebles se abona con carácter anual, sin embargo, al tratarse de un impuesto municipal, las características varían mucho de un ayuntamiento a otro. Por ejemplo, el periodo voluntario de pago y la cantidad difiere mucho de una zona a otra de España. En algunas localidades se permite pagar a plazos.
Por ejemplo, en Madrid, el plazo voluntario va desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre y el pago se puede fraccionar hasta en 9 plazos. Sin embargo, en Valencia, el periodo voluntario fue del 1 de marzo al 30 de abril.
Sí. Actualmente, la normativa reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles no contempla ninguna exención o reducción a favor de las personas con discapacidad.
El ayuntamiento impondrá una sanción. Si no se paga el IBI a tiempo, pero lo haces dentro del periodo ejecutivo, tendrás un 5% de recargo. Si no abonas el importe dentro del periodo voluntario, aumentará a un 10%, y si tampoco se paga el impuesto seguirá subiendo hasta el 20%. En caso de que el impago continúe, el ayuntamiento tomará medidas legales, pudiendo embarcar las cuentas bancarias.
La persona obligada a pagar el IBI es el propietario de la propiedad. Esto significa que por norma general, si tienes un contrato de alquiler, será el arrendatario quien abone el impuesto, y no el inquilino.
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