Desempleo

Ayuda familiar SEPE: requisitos, solicitud, dudas y renovación

El 11 julio 2025 por Laura - 7 minutos de lectura

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Ayuda familiar SEPE

La ayuda familiar es un apoyo económico que da el Gobierno a aquellas personas que hayan agotado el paro. Es una ayuda al desempleo dirigida a los que tienen responsabilidades familiares, es decir, que tenga personas a su cargo que dependan de sus ingresos.

La ayuda familiar del SEPE

La ayuda familiar es una ayuda o subsidio que da el Servicio Público de Empleo Estatal (el SEPE) a las personas que tienen familiares a su cargo. Sin embargo, debido a la reforma de los subsidios por desempleo, a partir del 1 de junio de 2024 no se aceptarán nuevas solicitudes y desde el 1 de noviembre de 2024 sufrirá cambios importantes.

No te preocupes, podrás solicitar el nuevo subsidio por agotamiento de las prestaciones. Si ya estás cobrando la ayuda familiar, seguirás haciéndolo como hasta ahora.

Cuantía y duración de la ayuda familiar

La ayuda que se recibe es el resultado de calcular el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este año, el valor del IPREM es el siguiente:

Valor del IPREM 2025
Valor del IPREM Mensual Valor del IPREM Anual (12 pagas) Valor del IPREM Anual (14 pagas)
600 € 7.200 € 8.400 €

Sin embargo, a partir del 1 de noviembre de 2024, esta ayuda se cobra de forma escalada:

  • Primeros seis meses: 95% del IPREM (570 euros al mes).
  • Siguientes seis meses: 90% del IPREM (540 euros al mes).
  • Resto del periodo hasta agotar la prestación: 80% del IPREM (480 euros al mes).

Por otro lado, la duración de la ayuda depende del tiempo que has estado cobrando el paro o prestación contributivo, sin importar tu edad. Aquí te dejamos una tabla con los valores que corresponden en cada situación:

Duración de la Ayuda Familiar
Prestación contributiva Duración de la ayuda Opción de prorrogar
Igual o superior a 120 días 24 meses Hasta 30 meses
Igual o superior a 180 días 30 meses No

Ayuda familiar requisitos

Para poder optar a la ayuda familiar del SEPE se tienen que cumplir una serie de requisitos:

  1. Tienes que estar desempleado.
  2. Has tenido que agotar la prestación por desempleo contributivo o paro que te correspondiera. Es decir, haber agotado el paro.
  3. Tienes que ser menor de 52 años. En caso contrario, se te asignará la ayuda para mayores de 52 años.
  4. Has de estar dado de alta como demandante de empleo. Una vez te concedan la ayuda, tendrás que seguir dado de alta durante todo el tiempo que estés cobrando el subsidio.
  5. Tienes que suscribir el compromiso de actividad. Es decir, comprometerte a buscar empleo y a participar en las actividades de formación o inserción profesional que se te ofrezcan.
  6. Tus ingresos han de ser inferiores a 0,75 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En este caso se considera el valor mensual de 12 pagas.
    Valor del SMI 2024
    Valor del SMI mensual (recibiendo 12 pagas) Valor del SMI mensual (recibiendo 14 pagas)
    1.323 euros 1.134 euros
  7. Y, fundamental, tienes que tener cargas familiares.

¿Qué es tener cargas familiares?

A ojos del SEPE, se considera que tienes responsabilidades o cargas familiares si, al menos, una de las siguientes personas está a tu cargo:

  • Tu cónyuge. En este caso las parejas de hecho no se consideran parte de la familia.
  • Hijos menores de 26 años. Aquí se incluyen los hijos propios y adoptivos.
  • Hijos mayores de 26 años con una discapacidad reconocida.
  • Hijos mayores de 26 años en el caso de que vivan o dependan de ti.
Se considera que dependen de ti, si sus ingresos son menores de 0,75 veces el SMI.

¿Cómo solicitar la ayuda familiar?

La ayuda familiar del SEPE solo se puede solicitar si ya hemos agotado la prestación por desempleo contributiva o paro.

Una vez haya llegado el último día en el que cobramos la prestación, tendremos que esperar un mes para poder solicitarla.

Importante
Tenemos 15 días desde el mes de espera para solicitar la ayuda íntegra. En caso de que nos pasemos de plazo la seguiremos recibiendo PERO descontando esos días que nos hemos pasado.

Para presentar la ayuda, es necesario hacerlo a través de una de las siguientes vías:

  • A través de la sede electrónica del SEPE. Recuerda que para acceder necesitarás certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve.
  • Acudiendo a una de sus oficinas. En este caso tendremos que solicitar cita previa. Si no te dan cita para dentro del periodo de tiempo que necesitas no te preocupes, no perderás tiempo de prestación siempre y cuando estés solicitando la cita previa uno de los 15 días que tienes disponibles para pedirla.
  • Acudiendo a una de las oficinas de registro público.
  • Por correo administrativo.

¿Por qué te pueden denegar la ayuda familiar?

Puedes perder la ayuda familiar en caso de que no cumplas los requisitos o si dejas de cumplirlos en un momento determinado.

El motivo más común por el cual pueden denegar la ayuda familiar es si eres mayor de 52 años, ya que en ese caso la prestación que tendrás que solicitar es el subsidio para mayores de 52 años, no la ayuda familiar.

Cuándo se cobra la ayuda familiar

La ayuda familiar se paga entre el día 10 y 15 de cada mes. Esto significa que se abona por mensualidades de 30 días.

¿Puedo cobrar la ayuda familiar si trabajo?

No. El principal requisito para solicitarla es estar desempleado y en búsqueda activa de empleo, por lo que desgraciadamente no podrás compatibilizarla con un trabajo, independientemente de si es a jornada parcial o completa.

Si estoy cobrando la ayuda familiar y empiezo a trabajar

En este caso tendrás que suspender temporalmente el subsidio. En función del tipo de trabajo que consigas, podrás hacer una de estas dos cosas:

  • Si consigues trabajo y estás trabajando menos de un año (360 días): En este caso podrás solicitar que se te reanude la ayuda familiar. Eso sí, únicamente durante los meses que te quedaran sin cobrarlo en la vez anterior.
  • Si el trabajo que consigues es por más de 1 año (360 días): En tal caso tendrás derecho al paro, por lo que podrás solicitar primero esa prestación.

Renovar ayuda familiar o el subsidio de ayuda familiar

ayuda familiar requisitos

Si ha pasado el tiempo y necesitas renovar el subsidio de ayuda familiar, puedes renovarlo. En función de tus circunstancias, la prórroga será por un tiempo o por otro. Un poco más arriba podrás ver la tabla con la información de la prórroga máxima que puedes solicitar en cada caso.

Para renovarla, puedes hacerlo a través de la sede electrónica del SEPE. En caso de que no dispongas de los métodos de identificación que se solicitan (DNI electrónico, certificado electrónico o cl@ve), puedes renovarlo pidiendo cita previa en el SEPE.

La ayuda familiar tras baja voluntaria

Desgraciadamente, no se puede solicitar la ayuda familiar tras solicitar una baja voluntaria, al igual que no se puede cobrar el paro u otro subsidio.

Reanudar ayuda familiar después de trabajar

Únicamente podrás reanudar la ayuda familiar después de trabajar si has trabajado menos de un año. En caso de que hayas trabajado más de ese tiempo tendrás derecho al paro.

Si has trabajado menos de un año, podrás reanudar la ayuda familiar por el tiempo que te quedara pendiente.

Ayuda familiar por hijo a cargo INEM

El INEM que es como anteriormente, se denominaba al actual SEPE. Es posible que si no has estado desempleado recientemente asocies su actividad al INEM.

Desde hace algunos años, todas las gestiones que se hacían a través del INEM se realizan a través del SEPE (incluida la ayuda familiar), por lo que tendrás que acceder a su página web para poder solicitarlas.

Otras preguntas frecuentes

Laura

Experta en ayudas y subvenciones

Laura es redactora y responsable de Tus Ayudas desde 2021. Tiene experiencia trabajando para empresas y asociaciones sin ánimo de lucro, estando especializada en ayudas gubernamentales y comunicación.


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Preguntas
  • Rafael R.

    Hola, buenos días.
    Soy una persona que vive sólo, tengo 54 años desempleado de larga duracion y desde Sept.23 estoy cobrando la ayuda de más de 52 años del SEPE de 480 euros y que se extiende hasta la jubilación.

    La pregunta es:
    Puedo solicitar alguna otra ayuda como el SED, la RAI, o IMV para complementar a estos 480 euros?.

    La asistenta social de mi pueblo dice que no…y por otras partes dicen que si es posible.
    Le agradezco su atención de antemano.
    Muchas gracias.

    • Belén

      Hola Rafael,
      Las dos ayudas que puedes solicitar mientras percibes la ayuda para mayores de 52 años son el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y Renta Mínima de Inserción (RMI), siempre y cuando cumplas con los requisitos. Le animo a realizar los trámites online o acudir a otra oficina de servicios sociales donde le puedan ayudar con la solicitud.
      Un saludo 😀

  • Maria Vallejo

    Tengo 50 años y he agotado la ayuda de no contributiva. Tengo 4 hijos a mi cargo, una de ellos con discapacidad del 86 por ciento. Soy madre divorciada

    • Belén

      Hola Maria,
      Le aconsejo coger cita en una oficina SEPE o en servicios sociales. Lo más seguro es que tenga derecho al Ingreso Mínimo Vital o al subsidio por agotamiento de la prestación. También puedes realizar nuestro simulador de ayudas gratuito aquí. Si facilita sus datos un agente se pondrá en contacto con usted.
      Un saludo 😀

  • AnnaTjd

    Voy a solicitar por primera vez la ayuda familiar. Tengo un hijo de 4 años, no estoy casada pero vivimos (empadronados) en mi casa. 2 adultos + 1 menor.
    Mi pareja tiene un piso en alquiler, del cual ingresa 450€ mensuales.
    De cuánto no debo pasarme (alquiler+nómina) para poder cobrar esa ayuda?
    De la nómina que tengo que tener en cuenta? (Que parte de la nómina)

    • Belén

      Hola Anna,
      La ayuda familiar del SEPE ya no se puede solicitar desde el pasado 1 de noviembre, debido a la reforma de las prestaciones. Debería solicitar el Ingreso Mínimo Vital. De cualquier forma, lo mejor es que se ponga en contacto con el SEPE y pregunte las dudas específicas que tenga. También le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito, para comprobar qué otras ayudas puede solicitar.
      Un saludo 🙂

  • Ilya Jelilov

    Hola,buenas tardes!!! Soy Ilya ,tengo 54 añòs,estoy casado y tengo una hija de 17 años.A mi ha terminado paro,hoy fui al INEM(SEPE) para solicitar ayuda familiar,presentaba la solicitud y la señora quien me atendia me dijo que tengo que presentar Modelo100 de Declaracion de la Renta del año anterior.Yo la explicaba que no hecho nunca Declaracion de la Renta y donde ahora pudo consiguir este Modelo 100? Ella me explico que en cualquiera gestoria.Me fui al gestoria mas sercana y preguntaba si ellos pueden hacer este Modelo 100 ? El gestor me explico que yo no tengo la obligacion de haser de Declaracion de la Renta y que tengo que ir a la oficina de Hacienda y solicitar un certificado de yo no estoy obligado hacer la Declaracion de la Renta.Luego este sertificado presentar al SEPE para resolucion de solicitud de ayuda familiar.Por favor ,me puede decir si es actual lo que me explicaron en gestoria,o igual,debo hacer Declaracion de Renta del año pasado en gestoria y luego presentar en SEPE como me pedieron?Gracias por atencion.

    • Belén

      Hola Ilya,
      Comprendo que antes no tenía la necesidad de presentar la renta, pero SEPE exige un justificante de ingresos para poder determinar si le concede la ayuda. Le recomiendo que descargue desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria el certificado de no declarante. Es decir, un justificante de que no era obligatorio que hiciera la declaración, y lo presente en el SEPE. Por otra parte, debe saber que si ha cobrado el paro en 2024, este año sí está obligado a presentar la declaración. Para conocer el resto de ayudas que puede solicitar, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • Maria del Mar

    Buenos dias.Mi pregunta es.Estoi cobrando la ayuda familiar.E cumplido 52 años.Y tengo una hija acargo con 24 años.Mi hija estudia en Italia,Pero igual sequeda alli.No es seguro todavia.Si se quedara alli para siempre ,dejaria de cobrar la ayuda familiar?y tengo que comunicarlo ?

    • Belén

      Hola María del Mar,
      Efectivamente, si su hija deja de depender económicamente de usted, debe comunicarlo. Es posible que pierda el derecho a cobrar la ayuda, pero quizás pueda solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Para conocer otras ayudas a las que tiene derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

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