El bono alquiler joven de Canarias ya no se puede pedir: el plazo de la convocatoria de 2026 fue del 18 de septiembre al 8 de octubre de 2026 y está cerrado. Son 250 euros al mes durante dos años para jóvenes de hasta 35 años, con un alquiler de hasta 900 euros por vivienda o 450 euros por habitación en cualquier isla. Después, el plan estatal prevé una de las ayudas al alquiler para jóvenes de hasta 300 euros al mes por vivienda (200 euros por habitación, con el límite del 60 % de la renta), que cada comunidad autónoma tiene que convocar y Canarias aún no ha convocado. En Tus Ayudas te contamos qué pasa ahora con las solicitudes, qué se sabe de la nueva ayuda y cómo se cobra.
Índice
¿Se puede pedir el bono alquiler joven de Canarias ahora mismo?
No: el plazo cerró el 8 de octubre de 2026. El Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI) aprobó la convocatoria de 2026 el 9 de septiembre de 2026 y la publicó el 17 de septiembre. El plazo fue de 15 días hábiles: se abrió el 18 de septiembre de 2026 y terminó el 8 de octubre de 2026. La sede electrónica ya no admite solicitudes.
La convocatoria reparte 12.878.000 euros. De ellos, 378.000 euros los pone el Cabildo de Lanzarote y La Graciosa (sobrante de 2025); el resto lo aportan el Ministerio de Vivienda y el Cabildo de Tenerife. Si vives en Tenerife o en Lanzarote y La Graciosa, tu solicitud se paga primero con el dinero general y, si este se acaba, con el de tu cabildo. En La Palma, en cambio, el Cabildo no aporta dinero a este bono: tiene una ayuda al alquiler joven distinta, con su propia convocatoria, cuyo plazo terminó el 13 de octubre de 2026.
Importante
El bono se concede por orden de registro de entrada hasta agotar el crédito. No hay baremo ni puntos: si presentaste la solicitud completa, cumples los requisitos y el dinero llegó hasta tu turno, cobrarás; si cuando la presentaste el crédito ya estaba agotado, no.
Qué pasa ahora con las solicitudes del bono
El ICAVI tiene un máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria para resolver, y en todo caso la resolución de concesión debe dictarse antes del 31 de diciembre de 2026. Si no te notifican nada en ese tiempo, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo. Los requerimientos, el trámite de audiencia y la resolución se publican en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias; si te piden subsanar la documentación, tienes 10 días hábiles o se te tiene por desistido.
La ayuda que sustituye al bono: hasta 300 euros al mes en el plan estatal
Esta ha sido la última convocatoria del bono con este formato. Con el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, aprobado en abril de 2026, lo sustituye la ayuda al alquiler para la emancipación de las personas jóvenes. Canarias todavía no ha publicado las bases ni la convocatoria de esta ayuda, ni ha abierto plazo, a 23 de octubre de 2026.
El plan estatal prevé para esa ayuda unas condiciones más favorables que las del bono. Cada comunidad las concreta después en su propia convocatoria, como pasa con las ayudas al alquiler de cada comunidad autónoma:
El plan permite una cuantía de hasta 300 euros al mes por vivienda completa y 200 euros por habitación, con el límite del 60 % de la renta.
La duración pasa a ser de dos años prorrogables por otros dos.
El plan prevé un umbral de ingresos de hasta 5 veces el IPREM.
El plan permite subvencionar alquileres de hasta 1.000 euros por vivienda y 600 euros por habitación, con topes más bajos en los municipios de 10.000 habitantes o menos.
Atención
Los 300 euros y el límite de 5 veces el IPREM del nuevo plan no se aplican a la convocatoria del bono de 2026.
Bono alquiler joven Canarias 2026: cuantía y duración
El importe de la ayuda es de 250 euros al mes, siempre con el límite de lo que pagas de alquiler o del precio de la cesión de uso. Se cobra durante dos años (24 mensualidades), lo que supone un máximo de 6.000 euros por persona. Si en la misma vivienda lo piden varias personas, la suma de sus ayudas no puede superar el alquiler mensual.
La convocatoria de Canarias sigue las reglas del bono alquiler joven estatal de años anteriores. El dinero lo ponen el Ministerio de Vivienda y, en parte, dos cabildos, pero es la comunidad autónoma la que lo convoca y lo paga, en este caso a través del ICAVI.
Concepto
Convocatoria 2026
Cuantía
250 € al mes, con el límite del precio del alquiler
Duración
24 mensualidades (hasta 6.000 €)
Periodo subvencionable
Desde enero de 2025, o desde el mes de efectividad del contrato si es posterior
Alquiler máximo
900 € por vivienda y 450 € por habitación, en todas las islas
Límite de ingresos
3 veces el IPREM de 14 pagas (25.200 € al año)
Plazo de solicitud
Del 18/09/2026 al 08/10/2026 (cerrado)
Crédito de la convocatoria
12.878.000 €
La ayuda es retroactiva: si ya tenías contrato de alquiler en enero de 2025, la primera mensualidad subvencionable es la de enero de 2025; si el contrato empezó después, se cuenta desde el mes en que tuvo efectos. En la solicitud se podía indicar otra fecha de inicio. Ojo con el padrón: si en la fecha de inicio o en la de firma del contrato no estabas empadronado en esa vivienda, la ayuda cuenta desde el día en que te empadronaste.
Si ya cobras el bono alquiler joven de 2025
No puedes cobrar dos convocatorias por los mismos meses. Quien sigue cobrando la ayuda de una convocatoria anterior no puede ser beneficiario si los dos periodos coinciden, aunque sea en parte. La excepción es que tu periodo anterior termine después de presentar la solicitud y antes del 1 de octubre de 2026: en ese caso la nueva ayuda empieza a contar el mes siguiente a aquel en que acabe la anterior.
Requisitos que pedía el bono alquiler joven de Canarias
Estos son los requisitos que fijan las bases de 2026. Había que cumplirlos al pedir la ayuda. Si te la conceden, tienes que vivir en esa vivienda como residencia habitual durante todo el periodo de la ayuda (dos años) y avisar al Instituto Canario de la Vivienda en un máximo de 15 días de cualquier cambio que pueda hacerte perder el derecho:
Ser mayor de edad y tener hasta 35 años, incluida esa edad, el día de presentar la solicitud.
Tener nacionalidad española, de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Las personas extranjeras no comunitarias deben estar en situación de estancia o residencia regular en España.
Tener en Canarias un contrato de alquiler o de cesión de uso de una vivienda o de una habitación, o estar en condiciones de firmarlo. En el caso de una habitación, el contrato no tiene que seguir la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Que la vivienda sea tu residencia habitual y permanente durante todo el periodo de la ayuda, acreditada con el certificado de empadronamiento de todas las personas que viven en ella.
Contar con una fuente regular de ingresos: trabajo por cuenta propia o ajena, personal investigador en formación o una prestación pública periódica, contributiva o asistencial.
Acreditar una vida laboral de al menos tres meses dentro de los seis meses anteriores a la solicitud, o que la fuente de ingresos vaya a durar seis meses como mínimo.
Que las rentas anuales de todas las personas que viven en la vivienda sean iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (si alquilas una habitación, solo cuentan tus ingresos).
Quién no podía pedir el bono aunque cumpliera los requisitos
Hay tres situaciones que dejan fuera la solicitud, aunque se cumpla todo lo anterior. Afectan a ti y a cualquier persona que viva contigo:
Ser propietario o usufructuario de una vivienda en España. No cuenta si solo tienes una parte de ella (menos del 50 %) que has heredado sin testamento, ni si lo acreditas y no puedes usarla por una separación o un divorcio, por otra causa ajena a tu voluntad o porque no es accesible por una discapacidad.
Tener parentesco en primer o segundo grado con el casero: padres, hijos, hermanos, abuelos o nietos, tuyos o de tu cónyuge.
Ser socio de la empresa que alquila la vivienda, o copropietario con el casero.
El bono también se podía pedir sin tener todavía piso. Si te lo conceden, tendrás dos meses desde la notificación para firmar el contrato y tres meses para aportar el empadronamiento. Eso sí, la ayuda empieza a contar desde que firmas el contrato, y hasta que lo presentes, tu solicitud no se da por completa, lo que cuenta para el orden de registro.
Límite de ingresos: 3 veces el IPREM
El límite de ingresos no viene en euros, sino como un múltiplo del IPREM referido a 14 pagas. Como el IPREM mensual sigue en 600 euros, el límite se traduce así:
Referencia
Importe
IPREM mensual
600 €
IPREM anual (12 pagas)
7.200 €
IPREM anual (14 pagas)
8.400 €
Límite de ingresos: 3 veces el IPREM de 14 pagas
25.200 € al año
Son 25.200 euros al año sumando las rentas de todas las personas que viven en la vivienda, figuren o no en el contrato. Se comprueban con la declaración de la renta del último ejercicio cerrado, la de 2025, no con tu nómina de este mes. Las bases solo suben el límite a 4 veces el IPREM en un caso: cuando un beneficiario cambia de domicilio durante la ayuda, y nunca si lo que alquila es una habitación.
Si lo que alquilas es una habitación, solo cuentan tus ingresos, no los de las personas con las que compartes piso. Es la vía más habitual para estudiantes y para quien empieza a trabajar, y encaja con las ayudas cuando se comparte piso.
Límite de precio del alquiler en Canarias: 900 euros por vivienda en todas las islas
En la convocatoria de 2026 el alquiler no puede pasar de 900 euros al mes por una vivienda ni de 450 euros por una habitación, y el tope es el mismo en todos los municipios. Es la gran novedad respecto a 2025, cuando Canarias repartía los municipios en tres ámbitos con techos distintos. El nuevo límite sale de un acuerdo del ICAVI con el Ministerio de Vivienda firmado el 30 de junio de 2026.
Zona
Tope de 2025 (vivienda / habitación)
Tope de 2026 (vivienda / habitación)
Ámbito A (Las Palmas de Gran Canaria, Santa Cruz de Tenerife, Adeje, Arona…)
900 € / 450 €
900 € / 450 €
Ámbito B (Arrecife, Telde, La Laguna, La Orotava…)
750 € / 375 €
900 € / 450 €
Ámbito C (resto de municipios)
600 € / 300 €
900 € / 450 €
Quien vive en un municipio de los antiguos ámbitos B y C y se quedó fuera en 2025 por pagar más de 750 o de 600 euros en 2026 sí podía pedirlo, siempre que no pasara de 900. En ese precio no entran el garaje, el trastero ni los gastos de comunidad. Si tu contrato de alquiler incluye esos gastos sin desglosar, el ICAVI calcula el alquiler de la vivienda como un porcentaje del total:
Vivienda con garaje: el 80 % del precio del contrato.
Vivienda con trastero: el 95 %.
Vivienda con garaje y trastero: el 75 %.
Si el contrato incluye los gastos de comunidad sin separarlos, se considera que son el 5 % del alquiler.
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Así se pidió el bono alquiler joven de Canarias 2026
La solicitud se presentaba con el formulario oficial, preferentemente por internet en la sede electrónica del Gobierno de Canarias. También se podía entregar en cualquier registro público, como en el resto de trámites con la Administración. La podías presentar tú o una persona que te representara, pero solo se admite una solicitud por persona: si una misma persona presentó más de una para la misma vivienda o habitación, se anulan los duplicados y solo vale la primera.
Documentación que había que presentar
Si se autorizaba al ICAVI a consultar los datos (lo normal), junto al formulario bastaba con esta documentación:
La declaración responsable de las personas que viven en la vivienda, firmada por todas las mayores de 14 años, con el modelo de la convocatoria.
La copia completa del contrato de alquiler o de cesión de uso, que debe decir el precio y cómo se paga. Si has tenido varios contratos seguidos desde el inicio del periodo, todos.
Si alquilas una habitación, un documento que acredite cuántas habitaciones tiene la vivienda, como la escritura.
Los recibos del alquiler ya pagados desde el inicio del periodo subvencionable.
Si actúas por medio de otra persona, el documento que acredite la representación.
Sin ese consentimiento para que el ICAVI consultara los datos, había que aportar además tu DNI o NIE y los de tu unidad de convivencia, y los certificados de renta de Hacienda de quienes no lo autoricen.
Todas las notificaciones, incluidos los requerimientos para corregir la solicitud y la resolución, se publican en el tablón de anuncios de la sede electrónica, no te llegan por carta. Para dudas, el Gobierno de Canarias atiende en el 012 y en los teléfonos 922 470 012 y 928 301 012.
Cuándo se cobra el bono alquiler joven de Canarias
El pago no es mensual. El ICAVI paga cada seis meses y siempre después de que justifiques los recibos del alquiler, por lo general en cuatro pagos a lo largo de los dos años. En la convocatoria de 2026 puede haber además un primer pago al conceder la ayuda, con los meses de los recibos que ya hayas presentado con la solicitud.
Los justificantes se presentan en la sede antes del 1 de junio y antes del 1 de diciembre de cada año. Si no los aportas, el ICAVI te requiere para que lo hagas en 15 días hábiles improrrogables, y si tampoco entonces los presentas, pierdes el derecho a cobrar esas mensualidades. Para cobrar tienes que estar además al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.
Pagos pendientes de la convocatoria de 2025
Quien cobra el bono de 2025 sigue su propio calendario. En julio de 2026 el ICAVI publicó en el tablón de anuncios las dos resoluciones del primer abono de 2026 del bono de 2025, una para la línea general y otra para la de Lanzarote. Venía de un requerimiento del 15 de junio de 2026 para presentar los recibos.
Para saber si tu expediente está entre los pagados, consulta esas resoluciones, publicadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en la web del Instituto Canario de la Vivienda. Lo que se abona en cada tanda son los recibos ya vencidos y justificados de cada beneficiario, no los meses naturales del semestre.
Atención
A 23 de octubre de 2026, el ICAVI todavía no ha publicado la fecha del requerimiento y del abono del segundo semestre de 2026 para los beneficiarios de 2025. Mientras no salga la resolución, no hay fecha oficial.
Guarda cada mes el justificante bancario del alquiler y revisa el tablón de la sede: los plazos son de días hábiles y no se prorrogan.
Si vives en La Palma: la ayuda al alquiler joven del Cabildo
El Cabildo de La Palma ha convocado su propia ayuda al alquiler joven de 2026, distinta del bono del ICAVI. Cubre el 50 % de lo que pagas de alquiler cada mes, con un máximo de 300 euros al mes. Su plazo, del 22 de septiembre al 13 de octubre de 2026, ya ha terminado.
Requisitos de la ayuda del Cabildo
Vivir de forma habitual en La Palma, con la vivienda o la habitación alquilada en la isla, y estar empadronado en ella al pedir la ayuda.
Tener una fuente regular de ingresos que no pase de 3 veces el IPREM de 14 pagas, es decir, 25.200 euros al año. El límite sube a 4 veces (33.600 euros) si tú o alguien con quien convives tiene una discapacidad de al menos el 33 %, es víctima de violencia de género o tenéis título de familia numerosa.
Frente al bono del ICAVI, aquí no hay tope de precio del alquiler: el límite está en la ayuda, el 50 % de la renta con un máximo de 300 euros al mes. Y no se reparte por orden de llegada, sino por concurrencia competitiva: el Cabildo pone 650.000 euros y, si no llegan para todas las solicitudes que cumplen, se rebaja la ayuda de todas en proporción.
Otras ayudas a la vivienda para jóvenes en Canarias
Con el bono de alquiler cerrado, Canarias mantiene otras líneas propias. La más relevante para los jóvenes es la ayuda a la adquisición de vivienda, que llega hasta 11.000 euros con el límite del 20 % del precio de compra. El precio de la vivienda no puede superar los 170.000 euros con carácter general, tope que sube a 200.000 euros en las islas no capitalinas y para las familias numerosas. Su convocatoria de 2026 ya cerró en mayo, así que, si te encaja, conviene estar pendiente de la de 2027.
💼¿Se podía pedir el bono alquiler joven de Canarias cobrando el paro y sin trabajar?
Sí, si cumplías lo demás. En la convocatoria de 2026 contaba como fuente regular de ingresos una prestación pública periódica, contributiva o asistencial, no solo un trabajo por cuenta propia o ajena. Además tenías que acreditar una vida laboral de al menos tres meses en el medio año anterior a la solicitud, o que esa prestación fuera a durar seis meses como mínimo, y que las rentas de todas las personas que viven en la vivienda no superaran 3 veces el IPREM, 25.200 euros al año (si alquilabas una habitación, solo contaban las tuyas).
👫¿Podíamos pedir el bono dos personas que vivimos en el mismo piso?
Sí, cada una con su propia solicitud y cumpliendo cada una los requisitos. La suma de las ayudas del bono concedidas para esa vivienda no puede superar el alquiler mensual. Si teníais un único contrato de la vivienda entera, contaban los ingresos de todas las personas que viven en ella y el alquiler no podía pasar de 900 euros; si cada una tenía contrato de una habitación, el tope era de 450 euros por habitación y en el límite de ingresos de cada una solo contaban los suyos.
🪪¿Desde cuándo cuenta la ayuda si me empadroné después de firmar el contrato?
Desde el día en que te diste de alta en el padrón de esa vivienda, si es posterior a enero de 2025. El bono exige que el piso sea tu residencia habitual y permanente, y eso se acredita con el certificado de empadronamiento: los meses de alquiler en los que todavía no figurabas en el padrón no se pagan, aunque tengas los recibos.
💸¿Cuánto cobro si pago menos de 250 euros de alquiler?
Lo que pagas de renta. La ayuda es de 250 euros al mes, pero nunca supera el importe mensual del alquiler: con una habitación de 200 euros, por ejemplo, cobras 200 euros al mes durante los dos años, hasta 4.800 euros en total.
Periodista (Graduado en Periodismo). Ha trabajado como redactor en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre), donde firmaba como Alex Branco. Desde 2025 se especializa en ayudas, subvenciones y prestaciones públicas en Tus-Ayudas.es, donde redacta la mayoría de las guías y verifica cada dato en fuentes oficiales (BOE, boletines autonómicos y Seguridad Social).