Si vives en Andalucía, tarde o temprano la Junta te enviará una notificación: por un trámite, por una de las ayudas de tu comunidad o por un requerimiento fiscal. Las notificaciones electrónicas de la Junta de Andalucía llegan a un buzón en internet y tienen un plazo de 10 días naturales para abrirlas, y no saber cómo funciona puede hacerte perder plazos importantes. Aquí tienes cómo darte de alta, dónde consultarlas y qué pasa si no las abres a tiempo.
Índice
¿Qué son las notificaciones de la Junta de Andalucía?
Las notificaciones electrónicas de la Junta de Andalucía son la forma en que la administración autonómica pone a tu disposición sus comunicaciones oficiales sobre cualquier asunto administrativo. Para ello usa su propio Sistema de Notificaciones Electrónicas, conocido como Notific@.
A través de este sistema, tanto los ciudadanos como las empresas pueden recibir notificaciones sobre asuntos como:
Trámites administrativos.
Convocatorias.
Liquidaciones tributarias.
Requerimientos de información.
Otras informaciones relevantes.
Estas notificaciones sustituyen a la carta certificada que antes llegaba a casa: ahora la notificación queda en tu buzón electrónico, sin desplazamientos ni esperas al cartero.
¿Quién está obligado a recibirlas?
No todo el mundo está obligado a recibir las notificaciones electrónicas de la Junta de Andalucía. Estos grupos sí lo están, como mínimo:
Personas jurídicas.
Entidades sin personalidad jurídica.
Quienes representen a un interesado que esté obligado a esa relación electrónica.
Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en los trámites que hagan con las Administraciones Públicas por esa actividad. Por ejemplo, notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
Empleados públicos, en los trámites que hagan por su condición de empleado público.
En cambio, las personas físicas no están obligadas: si pides como particular una beca de la Junta o una ayuda al alquiler, las notificaciones electrónicas solo se usarán si lo solicitas tú de manera voluntaria. Eso sí, la Administración puede establecer por reglamento esa obligación para determinados procedimientos y colectivos.
Aunque no estés obligado, activar las notificaciones electrónicas de la Junta de Andalucía te permite leerlas desde casa, a cualquier hora, en cuanto te llega el aviso.
Cómo darse de alta en Notifica Junta de Andalucía (paso a paso)
Para acceder a tu buzón electrónico de la Junta de Andalucía necesitas un método de identificación electrónica: un certificado electrónico válido o el sistema Cl@ve. Puedes hacerlo desde el navegador del ordenador o del móvil.
Tus datos personales se cargan automáticamente desde el sistema de identificación que hayas usado (nombre, apellidos y NIF).
Introduce tu correo electrónico, que es obligatorio, para completar el alta y recibir los avisos. Si quieres los avisos también por SMS, añade tu teléfono móvil: los demás campos son opcionales.
Acepta los términos de prestación y utilización del servicio y habrás terminado.
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Cómo consultar mis notificaciones Junta de Andalucía
Cuando un organismo de la Junta te envía una notificación, recibes un aviso de que tienes una notificación disponible en el correo electrónico que diste de alta y, si lo indicaste, también por SMS.
Ese aviso no es la notificación: solo te dice que hay una esperando. Para que cuente, tienes que entrar en el sistema y abrirla, y en ese momento queda registrada la fecha y hora de acceso.
Puedes consultar tus notificaciones de la Junta de Andalucía de dos maneras:
Online: en Notific@, con certificado o Cl@ve, como en el alta. También las verás en la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
Presencialmente: si no estás obligado a la vía electrónica, puedes ir a una Oficina de Asistencia en Materia de Registros. Pide antes cita previa para el servicio «Actuación por comparecencia», área «Acceso a notificaciones», en el 012 o el 955 012 012.
¿Qué pasa si no abres una notificación a tiempo?
Si la notificación es de uso obligatorio o la has elegido tú, pasados 10 días naturales sin acceder a ella se entiende rechazada: el procedimiento sigue su curso y puedes leerla solo con efectos informativos. Si eres persona física y no has elegido la vía electrónica, pasados esos 10 días la notificación electrónica caduca (no se entiende rechazada) y ya no podrás consultar su contenido.
¿Qué consecuencias tiene el rechazo? El trámite se da por efectuado y el procedimiento sigue adelante, así que pierdes días para preparar lo que te pidan, como documentación. Si era un requerimiento para completar la solicitud de una ayuda de la Junta y no respondes en el plazo que te dan, se te puede tener por desistido de esa solicitud.
Atención
Si el aviso no te llega, por ejemplo porque tu correo ya no está operativo, la notificación sigue siendo válida y el plazo corre igual. Por eso tienes que comunicar a la Administración cualquier cambio en tu correo o tu móvil.
Estados de una notificación electrónica: ¿qué significa cada uno?
Al entrar en tu buzón, que es propio de la Junta y distinto del de las notificaciones de la Seguridad Social, cada notificación aparece con un estado. Esto es lo que significa cada uno:
No leída: está disponible y aún no la has abierto. Tienes 10 días naturales desde que se puso a tu disposición.
Leída: la has abierto y queda registrada la fecha y hora de acceso.
Rechazada: la has rechazado de forma expresa o, si estás obligado a la vía electrónica o la elegiste, han pasado 10 días naturales sin abrirla. Puedes seguir leyéndola, pero no cambia su estado ni el efecto del acto notificado.
Caducada: eres persona física, no elegiste la vía electrónica y pasaron 10 días naturales sin abrirla. No se entiende rechazada, pero ya no puedes ver su contenido.
Mantén actualizados tus datos de contacto
En cualquier momento puedes actualizar tus datos de contacto en el apartado «Mi perfil». Recuerda que es obligatorio disponer de una dirección de correo electrónico válida.
Si el correo o el móvil que diste dejan de funcionar, comunícalo a la Administración: si no lo haces, la Junta no responde de los avisos enviados a esos datos y las notificaciones siguen contando como válidas.
Como el plazo es de 10 días naturales, lo más prudente es entrar en el buzón al menos una vez por semana con tu certificado digital o Cl@ve, aunque no te haya llegado ningún aviso.
Cómo darse de baja del sistema de notificaciones de la Junta de Andalucía
Para darte de baja del sistema tienes que presentar una solicitud al Delegado de Protección de Datos de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. Ten en cuenta que, si eres interesado en un procedimiento (por ejemplo, si tienes pedida la Beca 6000), el órgano que lo tramita puede volver a darte de alta de oficio en el sistema aunque tú no lo hayas pedido.
💻¿Puedo ver mis notificaciones de la Junta de Andalucía desde la Carpeta Ciudadana?
Sí. Además de Notific@, la Junta te deja acceder a tus notificaciones desde la Carpeta Ciudadana de la Junta de Andalucía, que no es la Carpeta Ciudadana del Gobierno de España. Para entrar necesitas lo mismo: un certificado electrónico cualificado o Cl@ve.
🗓️¿Los 10 días para abrir una notificación de la Junta cuentan fines de semana y festivos?
Sí. Son 10 días naturales, así que cuentan sábados, domingos y festivos, y empiezan a correr cuando la notificación se pone a tu disposición en el buzón, no cuando lees el aviso. Al acabar, si estabas obligado a la vía electrónica o la elegiste, la notificación se entiende rechazada y el trámite sigue; si eres persona física y no la elegiste, caduca.
📨¿Qué hago si he recibido un aviso de notificación de la Junta de Andalucía?
Entra cuanto antes en tu buzón con certificado digital o Cl@ve y abre la notificación: el correo o el SMS solo te avisan de que hay una esperando. Una vez dentro, mira qué te piden y el plazo que te dan para responder, que es distinto de los 10 días naturales que tenías para abrirla.
👥¿Puede otra persona abrir mis notificaciones de la Junta por mí?
Si es tu representante: una notificación solo puede abrirla la persona interesada o quien la represente. Si no estás obligado a la vía electrónica y vas en persona a una Oficina de Asistencia en Materia de Registros, es un funcionario habilitado quien accede a ella en tu nombre, con tu autorización.
Periodista (Graduado en Periodismo). Ha trabajado como redactor en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre), donde firmaba como Alex Branco. Desde 2025 se especializa en ayudas, subvenciones y prestaciones públicas en Tus-Ayudas.es, donde redacta la mayoría de las guías y verifica cada dato en fuentes oficiales (BOE, boletines autonómicos y Seguridad Social).
he recibido hoy un requerimiento y me dan 10 días para contestar,
quiero saber si son 10 días hábiles o naturales
Alex Branco
Hola,
Como norma general en la administración española (según la Ley 39/2015), cuando un requerimiento administrativo indica un plazo por días, se entiende que estos son días hábiles.
–¿Qué días no cuentan?: al ser días hábiles, se excluyen los sábados, los domingos y los días festivos (tanto nacionales como autonómicos y locales).
–¿Cuándo empieza el plazo?: el cómputo comienza a partir del día siguiente a aquel en que recibiste la notificación o firmaste el acuse de recibo.
Te recomiendo que, para mayor seguridad, verifiques si en el propio texto del requerimiento aparece la palabra «naturales» (que sí incluiría fines de semana), aunque lo habitual en los trámites de la Junta de Andalucía es que sean siempre hábiles.
También te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta. Tan solo te llevará unos segundos.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.
MIGUEL ANGEL SANCHEZ MEDINA
Como puedo darme de alta para recibir las notificaciones de mi padre fallecido
Alex Branco
Hola, Miguel Ángel:
Sentimos mucho tu pérdida. Lo primero que hay que aclarar es que el sistema de notificaciones electrónicas está vinculado al DNI/NIF de cada persona, por lo que no es posible «darte de alta» tú mismo para recibir las notificaciones que llegan a nombre de tu padre, ni siquiera siendo su heredero.
En estos casos, lo habitual es:
Acreditar tu condición de heredero. Necesitarás el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y la aceptación de herencia (o el documento que corresponda) para poder actuar en nombre de tu padre en los trámites pendientes.
Contactar con el organismo emisor de cada notificación. Si sabes qué expediente o asunto concreto está pendiente (una ayuda, un requerimiento, etc.), lo más eficaz es dirigirte directamente al órgano de la Junta de Andalucía que lo tramita, ya que cada procedimiento puede tener sus propias reglas para sucesores.
Consultar en la Sede Electrónica de la Junta de Andalucía. Allí, o en una oficina de asistencia en materia de registro, te podrán indicar el procedimiento exacto para representar a tu padre como heredero en las notificaciones o trámites que queden abiertos.
Como es un asunto que depende de tu situación concreta y de la documentación de la herencia, te recomendamos confirmarlo directamente con la Junta de Andalucía o con un gestor/notario, para no dar pasos que luego no sean válidos.
También te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta. Tan solo te llevará unos segundos.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas, Un saludo.
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he recibido hoy un requerimiento y me dan 10 días para contestar,
quiero saber si son 10 días hábiles o naturales
Hola,
Como norma general en la administración española (según la Ley 39/2015), cuando un requerimiento administrativo indica un plazo por días, se entiende que estos son días hábiles.
–¿Qué días no cuentan?: al ser días hábiles, se excluyen los sábados, los domingos y los días festivos (tanto nacionales como autonómicos y locales).
–¿Cuándo empieza el plazo?: el cómputo comienza a partir del día siguiente a aquel en que recibiste la notificación o firmaste el acuse de recibo.
Te recomiendo que, para mayor seguridad, verifiques si en el propio texto del requerimiento aparece la palabra «naturales» (que sí incluiría fines de semana), aunque lo habitual en los trámites de la Junta de Andalucía es que sean siempre hábiles.
También te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta. Tan solo te llevará unos segundos.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.
Como puedo darme de alta para recibir las notificaciones de mi padre fallecido
Hola, Miguel Ángel:
Sentimos mucho tu pérdida. Lo primero que hay que aclarar es que el sistema de notificaciones electrónicas está vinculado al DNI/NIF de cada persona, por lo que no es posible «darte de alta» tú mismo para recibir las notificaciones que llegan a nombre de tu padre, ni siquiera siendo su heredero.
En estos casos, lo habitual es:
Como es un asunto que depende de tu situación concreta y de la documentación de la herencia, te recomendamos confirmarlo directamente con la Junta de Andalucía o con un gestor/notario, para no dar pasos que luego no sean válidos.
También te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta. Tan solo te llevará unos segundos.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.