Familia

Pensión a favor de los familiares: qué es y cómo solicitarla

El 9 enero 2024 por Alejandro - 5 minutos de lectura

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La pensión familiar es una prestación dirigida a aquellas personas cuyo sustento económico ha fallecido. Con la pérdida de este familiar, este tipo de personas se encontrarían en una situación de vulnerabilidad. Hoy en Tus Ayudas hablamos acerca de la pensión en favor a los familiares.

Requisitos para obtener la prestación a favor de los familiares

Tal y como hemos comentado en un principio, esta prestación va dirigida a aquellas personas que no tienen nada fácil volver al mercado laboral. Para poder conseguirla es necesario acreditar un período de cotización, que variará según la situación laboral del fallecido y de la causa que determina la muerte:

  • En alta o situación asimilada al alta, 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
  • En no alta: 15 años a lo largo de toda la vida laboral.Ayudas al estudio
  • Pensionistas: No se exige período de cotización.
  • No se exige período previo de cotización, cuando la muerte se produce como consecuencia de accidente o enfermedad profesional.

Por otra parte, existen otros requisitos que debe cumplir la persona que va a recibir la ayuda:

  • Haber convivido con el causante y a sus expensas con dos años de antelación al fallecimiento de aquel o desde la muerte del familiar con el que convivieran, si esta hubiera ocurrido dentro de dicho período.
  • No tener derecho a pensión pública.
  • Carecer de medios de subsistencia, por tener ingresos económicos iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional, y de familiares con obligación y posibilidad de prestarles alimentos.

¿De cuánto dinero es la pensión familiar?

La prestación económica se calcula aplicando el porcentaje del 20% a la correspondiente base reguladora. Hay que tener en cuenta que esta puede diferir en función de la situación laboral del fallecido en la fecha de fallecimiento y de la causa que determine la muerte.

Tal y como podemos observar, no se corresponde con una cantidad fija. Todo funciona en base de la cotización de la persona que ha fallecido. Esta ayuda es compatible con otras adicionales. Hay que tener en cuenta que una vez que se concede una prestación, siempre es más complicado que se concedan adicionales.

Si no hay cónyuge sobreviviente, la cuantía de la pensión en favor de familiares se incrementará. El 52% de la cuantía es correspondiente a la de viudedad. El límite de la ayuda es del 100% de la base reguladora.

La pensión se abona mensualmente, con dos pagas extraordinarias en los meses de junio y de noviembre. A excepción de las pensiones de accidente de trabajo y enfermedad profesional, que se reparten entre las doce mensualidades ordinarias.

Esta es una prestación que debe incluirse en la declaración de la Renta.

¿Cómo solicitar la pensión familiar?

La Seguridad Social es aquella institución que se encarga de tramitar y pagar esta prestación. La tramitación se efectúa a través de un archivo PDF, que se corresponde con un formulario. Este es bastante extenso, pero resulta muy útil para poder solicitar la prestación. Esta prestación se puede realizar tanto a través de la sede electrónica como de forma presencial.

Hay que tener presente que la causa de la muerte y la base de cotización del fallecido son valores clave. La cuantía dependerá siempre de estos dos factores. El silencio administrativo puede ser de hasta 90 días. Lo habitual es que se tramite entre 10 y 15 días.

Motivos por los que se puede dejar de percibir la pensión familiar

Los motivos por los que esta pensión se puede dejar de recibir esta prestación. En el caso de que los beneficiarios sean nietos/as y hermanos/as:

  • Por cumplimiento de la edad máxima, salvo incapacitados.
  • Por cesar la incapacidad que otorga derecho a la pensión.
  • Por adopción.
  • Por contraer matrimonio, salvo excepciones.
  • Por fallecimiento.
  • Por comprobarse que no falleció el trabajador desaparecido.

En el caso de que los beneficiarios sean ascendientes e hijos y hermanos de pensionistas:

  • Por contraer matrimonio.
  • Por fallecimiento.
  • Por comprobarse que no falleció el trabajador desaparecido.

Tal y como se puede observar, esta prestación cuenta con unas peculiaridades bastante específicas. Sin embargo, si cumples con todos los requisitos para solicitarla, puede ser una buena opción para obtener ingresos.

Recordemos que, en función del umbral de ingresos, también sería posible compaginarlo con un trabajo.
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Alejandro

Experto en ayudas y subvenciones.

Ha trabajado en medios de comunicación como Business Insider o Xataka, entre otros. Ahora a los mandos de Tus-Ayudas.es desde septiembre de 2022.


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Preguntas
  • María Luisa Lobato del Prado

    Soy madre soltera y tengo un hijo de 14 años que acaba de quedarse huérfano. El niño estaba reconocido legalmente por su padre. Los únicos ingresos en la casa son el subsidio de 480€ para mayores de 52 años. He solicitado el IMVital pero no me han dado respuesta. Aparte de la pensión de orfandad, qué otras ayudas puede tener mi hijo por huérfano, y qué otras ayudas podemos tener en la familia?. Qué es la prestación de orfandad?. Un saludo

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