Si tienes más de 45 años, has agotado el paro y no tienes cargas familiares entonces te interesará saber que hay una ayuda que puedes solicitar. Por ese motivo, en Tus Ayudas te explicamos todos los detalles sobre el subsidio para mayores de 45 años, la ayuda SEPE 570 euros mensuales, una interesante prestación por desempleo.
Índice
Subsidio para mayores de 45 años, ¿quién tiene derecho?
Para poder cobrar el subsidio para mayores de 45 años tendrás que cumplir con una serie de requisitos relacionados con tu situación personal y profesional:
Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo. Aunque, también es posible compatibilizarlo con trabajar a jornada completa durante 180 días, gracias al llamado Complemento de Apoyo al Empleo.
No haber rechazado uno de los trabajos de colocación que ofrece el gobierno ni formación.
Tienes que haber recibido el parodurante el tiempo que te correspondía y haberlo terminado. Se entiende como paro la prestación por desempleo contributiva.
Tus ingresos mensuales han de ser iguales o inferiores a 850,50 € al mes.
En el último mes, en el que hayas recibido el paro, tienes que tener entre 45 y 51 años. En caso de que ya hayas cumplido los 52, puedes optar a la subvención para mayores de 52 años.
No debes tener cargas familiares. Si tienes hijos menores de 26 años o cónyuge a cargo, deberás solicitar el subsidio por agotamiento con responsabilidades familiares, que tiene una duración superior y condiciones distintas.
Atención
Actualmente es posible compatibilizar este subsidio con el trabajo a jornada completa durante 180 días.
¿Cuánto dura el subsidio para mayores de 45 años?
El subsidio para mayores de 45 años es una ayuda que solo dura 6 meses. Se cobra lo que corresponde con el 95% del IPREM, que actualmente serían 570 euros mensuales.
Valor del IPREM 2026
Valor del IPREM Diario
Valor del IPREM Mensual
Valor del IPREM Anual (12 pagas)
Valor del IPREM Anual (14 pagas)
20 €
600 €
7.200 €
8.400 €
¿Cuándo se cobra el subsidio para mayores de 45 años?
Normalmente, el ingreso se hace entre el 10 y el 15 del mes siguiente. No obstante, hay algunos bancos que hacen el ingreso antes, entre el 5 y el 8, al igual que cuando se cobra el paro.
Esto significa que el 10 de febrero cobrarás el equivalente al mes de enero.
En primer lugar, tendrás que rellenar el modelo de solicitud del SEPE. La información que tendrás que incluir está relacionada con:
Tus datos personales: número de Seguridad Social, domicilio, método de contacto, etc.
Número de IBAN o de cuenta corriente donde quieres que te hagan el ingreso.
Tus ingresos.
En caso de que tengas hijos, los ingresos del otro padre/madre.
Información sobre los hijos que estén a tu cargo.
Otra información que te pueda parecer relevante.
Documentación necesaria para la ayuda de 45 años
Tendrás que tener a mano la siguiente documentación:
En caso de que seas español, DNI o pasaporte.
En caso de que seas extranjero, el certificado de ser ciudadano de la Unión Europea o la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y el pasaporte.
Un documento oficial del banco en el que aparezcas como titular de la cuenta bancaria en la que quieres que se haga el ingreso de la ayuda.
En caso de que se te solicite, un justificante en el que se muestre que tus ingresos se ajustan a los requisitos de la ayuda.
Solicitud subsidio mayores 45 años
Puedes realizar la solicitud para el subsidio mayores 45 años desde el día siguiente en el que se te agotó el paro. Tendrás un plazo máximo de 15 días hábiles para hacerlo sin perder días de cobro. Es posible realizar la solicitud tanto presencialmente como vía online a través de los siguientes canales:
A través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para hacerlo de esta manera necesitarás acceder con DNI electrónico, cl@ve o Certificado digital. En caso de que no los tengas te recomendamos que te lo hagas para poder agilizar los procesos en obtención de ayudas.
Presencialmente en una de las oficinas del SEPE de tu localidad. En este caso es fundamental que pidas cita previa.
Nosotros te recomendamos que en la medida de lo posible hagas la solicitud online. De esta forma ahorrarás tiempo y no tendrás que desplazarte hasta una de las oficinas del SEPE.
Otras preguntas frecuentes
💸¿Cuánto se cobra por el subsidio de mayores de 45 años en 2026?
La cuantía del subsidio para mayores de 45 años es de 570 euros mensuales durante los primeros seis meses, lo que equivale al 95% del IPREM vigente. Tras la reforma de los subsidios, se ha eliminado la reducción por parcialidad, por lo que cobrarás el importe íntegro aunque tu último contrato fuera a tiempo parcial.
⌛¿Cuándo se puede solicitar el subsidio de 45 años tras agotar el paro?
Puedes solicitar el subsidio para mayores de 45 años desde el día siguiente al agotamiento de tu prestación contributiva. Con la nueva normativa de 2024, se ha eliminado el mes de espera obligatorio, por lo que ya no tienes que aguardar 30 días para tramitar la ayuda en el SEPE.
❓¿Qué pasa si encuentro trabajo mientras cobro el subsidio de 45 años?
Es posible compatibilizar el subsidio con un trabajo por cuenta ajena (a jornada completa o parcial) mediante el Complemento de Apoyo al Empleo. Podrás mantener la ayuda durante un máximo de 180 días mientras percibes tu salario, facilitando así la reincorporación al mercado laboral sin perder los ingresos del subsidio de forma inmediata.
❔¿Puedo pedir el subsidio de 45 años si tengo hijos a cargo?
No, el subsidio específico para mayores de 45 años está destinado a personas sin cargas familiares. Si tienes hijos menores de 26 años o cónyuge a cargo, debes solicitar el subsidio por agotamiento con responsabilidades familiares, el cual tiene una duración superior (hasta 24 o 30 meses según el caso) y condiciones distintas.
Laura es redactora y responsable de Tus Ayudas desde 2021. Tiene experiencia trabajando para empresas y asociaciones sin ánimo de lucro, estando especializada en ayudas gubernamentales y comunicación.
Soy una persona soltera de raza étnica por mi condición sexual mi familia me han rechazado estoy viviendo con una persona que me ha dejado dormir en su casa yo no tengo vivienda no somos familia ni pareja de hecho soy parado de larga duración en exclusión total ya cobre la prestación de la rai y tengo en la oficina del paro en código 40 ..no cobro nada y ni tengo dinero que ayuda puedo solicitar en la situación en la que me encuentro nesecito ayuda ¿que puedo hacer? Gracias
Alejandro
Hola, Jose Antonio
Si cobra la RAI es porque no tiene derecho a cobrar ninguna otra prestación.
Espero haber sido de ayuda 🙂
un saludo
Ionel Preda
Buenos días, tengo la incapacidad permanente total, puede beneficiar de alguna ayuda, tengo que hacer mas pruebas medicas y no puedo trabajar porque tengo dolores de las enfermedades que tengo, gracias
Belén
Hola Ionel,
En su caso, podría solicitar varias ayudas, como por ejemplo el subsidio por insuficiencia de cotización, o si cumple con la edad necesaria, la pensión por incapacidad permanente. Sin embargo, en su caso lo mejor es que acuda a la oficina de servicios sociales más cercana, donde estudiarán su caso concreto y le dirán si tiene derecho a alguna ayuda.
Un saludo.
Nuestro algoritmo calcula cuáles son las ayudas que puedes solicitar
Soy una persona soltera de raza étnica por mi condición sexual mi familia me han rechazado estoy viviendo con una persona que me ha dejado dormir en su casa yo no tengo vivienda no somos familia ni pareja de hecho soy parado de larga duración en exclusión total ya cobre la prestación de la rai y tengo en la oficina del paro en código 40 ..no cobro nada y ni tengo dinero que ayuda puedo solicitar en la situación en la que me encuentro nesecito ayuda ¿que puedo hacer? Gracias
Hola, Jose Antonio
Si cobra la RAI es porque no tiene derecho a cobrar ninguna otra prestación.
Espero haber sido de ayuda 🙂
un saludo
Buenos días, tengo la incapacidad permanente total, puede beneficiar de alguna ayuda, tengo que hacer mas pruebas medicas y no puedo trabajar porque tengo dolores de las enfermedades que tengo, gracias
Hola Ionel,
En su caso, podría solicitar varias ayudas, como por ejemplo el subsidio por insuficiencia de cotización, o si cumple con la edad necesaria, la pensión por incapacidad permanente. Sin embargo, en su caso lo mejor es que acuda a la oficina de servicios sociales más cercana, donde estudiarán su caso concreto y le dirán si tiene derecho a alguna ayuda.
Un saludo.