Instituto Canario de la Vivienda: qué ayudas gestiona y cómo inscribirte en el registro

El 29 julio 2026 por Alejandro Fernández Couto - 21 minutos de lectura

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Instituto Canario de la Vivienda: pareja revisando la documentación para inscribirse en el registro de demandantes de vivienda protegida de Canarias

El Instituto Canario de la Vivienda (ICV) es el organismo del Gobierno de Canarias que decide quién accede a una vivienda protegida en las islas y que tramita las ayudas de vivienda del archipiélago. Si estás buscando casa, te conviene conocerlo bien: es la puerta de entrada a las ayudas de tu comunidad autónoma en materia de vivienda, y casi todas las ayudas del Gobierno de Canarias de este tipo pasan por él y ninguna vivienda protegida se puede pedir sin estar antes inscrito en su registro de demandantes.

Qué es el Instituto Canario de la Vivienda

El Instituto Canario de la Vivienda es un organismo autónomo del Gobierno de Canarias, es decir, una parte de la Administración con presupuesto y personalidad jurídica propios. Lo creó la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, cuyo artículo 7 le reconoce personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía funcional. Sus estatutos son los del Decreto 152/2008, de 7 de julio.

También verás sus siglas escritas como ICAVI en notas de prensa y en el organigrama del Gobierno de Canarias: es el mismo organismo. Hoy está adscrito a la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, y desde febrero de 2026 lo dirige María del Pino de León Hernández.

Conviene entender qué no es. El ICV no es una inmobiliaria pública ni una entidad que venda pisos por su cuenta, como sí ocurre con la Sareb a nivel estatal. El ICV es Administración: redacta normas, califica las viviendas como protegidas, mantiene el registro de quien quiere una, decide a quién se le adjudica y convoca las ayudas.

La inscripción en el registro de demandantes del ICV es gratuita, está abierta todo el año y se puede hacer por internet. No hay plazos de convocatoria que perderse: es un trámite permanente.

Qué gestiona el Instituto Canario de la Vivienda

El artículo 8 de la Ley 2/2003 le atribuye una lista larga de competencias que explica por qué acaba apareciendo detrás de casi cualquier gestión de vivienda en las islas. No solo promueve viviendas protegidas: también las califica, las adjudica, las conserva y sanciona cuando alguien incumple.

Competencia Qué significa en la práctica
Promoción de vivienda protegida Impulsa la construcción y la compra de viviendas sujetas a protección pública
Parque público de viviendas Forma, gestiona y administra el parque público de viviendas propio e insular
Calificación Otorga la calificación provisional y definitiva de vivienda protegida
Ayudas públicas Tramita y resuelve las solicitudes de ayudas de vivienda
Rehabilitación Conservación, rehabilitación y mejora del patrimonio residencial
Registro de fianzas Gestiona las fianzas derivadas de los contratos de arrendamiento
Viviendas deshabitadas Lleva su registro y ejerce la potestad sancionadora en esa materia
Suelo Mantiene un patrimonio propio de suelo y ejerce los derechos de tanteo y retracto

Sus estatutos añaden dos funciones más: adjudicar las viviendas protegidas de su titularidad y ejercer la policía de vivienda cuando así se acuerde con los cabildos insulares. En cambio, el régimen sancionador general de vivienda está regulado en el Título IX de la Ley 2/2003 y su ejercicio no corresponde solo al ICV.

El registro de demandantes: la puerta de entrada a una vivienda protegida

Este es el punto que más te importa a ti. En Canarias no se puede optar a una vivienda protegida sin estar inscrito en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias. Lo dice el artículo 47 de la Ley 2/2003: la inscripción es un requisito ineludible y es gratuita.

La norma que lo regula cambió hace pocos meses. Desde el 7 de abril de 2026 se aplica el Decreto 23/2026, de 9 de marzo, publicado en el Boletín Oficial de Canarias número 53, de 18 de marzo de 2026. Ese decreto derogó la orden de 2009 que regulaba el registro anterior, así que cualquier guía escrita antes de la primavera de 2026 está desactualizada.

El registro es de titularidad pública, gratuito y único para todo el territorio de Canarias, y está adscrito al propio ICV. La inscripción es obligatoria tanto si aspiras a una vivienda protegida de promoción pública como si quieres comprar o alquilar una de promoción privada. Si todavía no tienes claro qué diferencia hay entre unas y otras, te ayudará entender qué es exactamente una VPO y en qué se distingue de las viviendas de precio limitado.

Importante
El decreto de 2026 introdujo un requisito nuevo y muy exigente: hay que acreditar vecindad administrativa en Canarias con al menos cuatro años de residencia ininterrumpida. Quien acaba de mudarse a las islas no cumple todavía este requisito y no podrá inscribirse hasta acreditar esos cuatro años.

Requisitos para inscribirte en el registro de demandantes

Antes de mirar la lista conviene saber que la vivienda protegida canaria tiene dos regímenes, y que el techo de ingresos depende de a cuál aspires. El régimen general admite hasta 5 veces el IPREM anual en 14 pagas (6 veces en los supuestos que veremos enseguida) y fija además un mínimo de ingresos en una escala según el número de miembros de la unidad familiar. El régimen especial, el más protegido, baja el techo a 2,5 veces el IPREM. Los dos límites no se suman ni se acumulan: se aplica el del régimen al que optas.

Con eso en mente, el artículo 8 del decreto del registro fija estas condiciones. Salvo el límite de ingresos, que ya has visto que depende del régimen, hay que cumplirlas todas, y se comprueban tanto al inscribirte como en el momento de adjudicar una vivienda.

Requisito Detalle
Edad Mayoría de edad, o persona menor emancipada
Residencia Residir en un municipio de Canarias
Vecindad Al menos 4 años ininterrumpidos de vecindad administrativa en Canarias
Ingresos (según el régimen) Régimen general: hasta 5 veces el IPREM anual en 14 pagas (6 veces con familia numerosa de categoría especial o discapacidad cualificada), más un mínimo por escala. Régimen especial: hasta 2,5 veces. Se aplica solo el de tu régimen
Vivienda en propiedad No ser titular del pleno dominio ni de un derecho real de uso sobre ninguna vivienda
Patrimonio Por debajo del umbral de acceso a la vivienda protegida de promoción privada

Cuánto se puede ganar: los límites de ingresos en euros

Los límites de ingresos se miden en veces el IPREM, el indicador que sirve de referencia para casi todas las ayudas públicas. El IPREM sigue en 600 euros al mes y 8.400 euros al año en 14 pagas, congelado desde 2023 porque no se han aprobado nuevos Presupuestos Generales del Estado. Con esa referencia, el techo de 5 veces el IPREM se sitúa alrededor de los 42.000 euros anuales, y el de 6 veces en unos 50.400 euros.

Atención
Esas conversiones a euros son orientativas. El decreto no habla de ingresos brutos, sino de ingresos netos computables (ponderados en el régimen especial) según su propio anexo. Quien hace el cálculo definitivo es el ICV con tu documentación, así que dos familias con la misma nómina pueden salir con resultados distintos.

Llevado a euros con el IPREM actual, el techo del régimen especial (2,5 veces) ronda los 21.000 euros anuales, con la misma advertencia: es una cifra orientativa sobre ingresos netos computables, no sobre el bruto de la nómina.

Las excepciones: tener vivienda en propiedad y el límite ampliado

La regla de «no ser titular de vivienda» tiene excepciones tasadas: cuando la titularidad no supera el 50 % y se recibió por herencia, cuando se pierde el uso por separación o divorcio, cuando la vivienda está en ruina, cuando es inaccesible para una persona con movilidad reducida o cuando se trata de infravivienda.

El límite ampliado a 6 veces el IPREM no vale para cualquier discapacidad: el decreto pide una discapacidad psíquica de al menos el 33 % o una discapacidad física o sensorial de al menos el 65 %. Si tienes reconocido un grado de discapacidad del 65 % o eres familia numerosa de categoría especial, guarda esos certificados: te suben el techo de ingresos y además puntúan después en el baremo de adjudicación.

Para acreditar la residencia y la vecindad necesitarás estar correctamente empadronado, y para el límite de recursos cuenta también tu patrimonio, no solo lo que ingresas cada mes.

Cómo inscribirte en el registro paso a paso

El Decreto 23/2026 simplificó bastante el trámite. Ya no hay que aportar de entrada toda la documentación: se presenta una declaración responsable, una sola por unidad familiar o de convivencia, en la que declaras que cumples los requisitos. La Administración los comprueba después.

Estos son los pasos:

  1. Reúne la documentación de la unidad familiar: identificación de todos los miembros, ingresos del último ejercicio y justificantes de la situación que alegues (discapacidad, familia numerosa, violencia de género, desahucio).
  2. Consigue un medio de identificación electrónica. Sirven el certificado digital de la FNMT y también Cl@ve Permanente, el sistema con el que se entra a casi todas las sedes públicas.
  3. Entra en el trámite de inscripción en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, donde están el formulario y las instrucciones. Está abierto todo el año.
  4. Rellena la declaración responsable y firma. También puedes presentarla en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, si no te manejas por internet.
  5. Guarda el justificante. Según el artículo 10 del decreto, la condición de demandante cuenta desde el mismo día en que presentas la declaración, no desde que te la aprueban.

Si te piden acreditar los años de residencia, tendrás que solicitar el certificado de empadronamiento por internet en tu ayuntamiento, que es el documento que prueba la vecindad histórica.

Que la solicitud cuente desde el día de presentación importa más de lo que parece: en cada procedimiento de adjudicación solo participa quien ya figura inscrito cuando este se inicia. Inscribirse cuanto antes, aunque todavía no haya viviendas a la vista, conviene precisamente por eso.

Cuánto dura la inscripción y cuándo hay que renovarla

La inscripción no es para siempre. Según el artículo 16 del decreto, tiene una vigencia de cuatro años. La renovación se pide con una antelación máxima de tres meses respecto al final de ese plazo, y cada renovación abre otro periodo de cuatro años.

La consecuencia de despistarse es seria: la falta de renovación en plazo puede dar lugar a la baja de oficio. Y si te dan de baja, tendrías que volver a inscribirte desde cero y quedarías fuera de los procedimientos de adjudicación que se abran mientras tanto. Además del vencimiento sin renovar, el registro da de baja por petición propia, por haber recibido ya la adjudicación de una vivienda, por dejar de cumplir los requisitos y por falsedad en los datos declarados.

Importante
Apunta la fecha de tu inscripción en el calendario del móvil con un aviso a los tres años y nueve meses. Es el momento en que se abre la ventana de renovación, y nadie te va a llamar para recordártelo.

La renovación tiene su propio trámite en la sede electrónica, distinto del de alta y del de cancelación, aunque se hace por la misma vía. Si mientras tanto tu plan cambia y acabas comprando en el mercado libre, te interesarán más las ayudas para la compra de vivienda que las de vivienda protegida.

Cómo se adjudican las viviendas protegidas en Canarias

Aquí hay un malentendido muy extendido: mucha gente cree que las viviendas públicas se reparten por sorteo. En Canarias, desde el Decreto 23/2026, el criterio general no es el sorteo. El artículo 32 establece que la adjudicación se hace por sistema de baremación o bien por adjudicación directa.

Si hay más demandantes que viviendas, se baremará: se puntúa a cada solicitante y se ordena la lista. Si hay más viviendas que demandantes, la adjudicación es directa. Existe además una lista de reserva y un supuesto de adjudicación temporal por necesidad habitacional urgente.

El baremo del régimen especial reparte el peso así:

Criterio Peso
Ingresos de la unidad familiar 35 %
Necesidad de vivienda 35 %
Circunstancias personales, de composición y de lugar 30 %

Ese último 30 % es donde pesan situaciones como ser familia monoparental, tener personas dependientes a cargo o las circunstancias de arraigo en el municipio, según los concrete cada procedimiento. Hay también cupos especiales reservados a determinados colectivos, además del cupo general. Este reparto de pesos es el del régimen especial; el del régimen general se concreta en cada procedimiento.

El inicio de cada procedimiento de adjudicación se publica en el Boletín Oficial de Canarias y en los tablones de anuncios de la sede electrónica autonómica y del ayuntamiento donde esté la promoción. Si no quieres depender de una adjudicación, una vía intermedia es el alquiler con opción a compra.

Las principales ayudas del ICV y en qué situación está cada una

Esta es la parte que más cambia de un año a otro y donde más información desactualizada circula. A 28 de julio de 2026, la situación real de las principales convocatorias del Instituto Canario de la Vivienda es la siguiente. Además de estas, el ICV mantiene líneas específicas con su propio calendario, como las ayudas ligadas al volcán de La Palma o las de rehabilitación con fondos europeos.

Ayuda Cuantía o dotación de la última convocatoria Estado hoy
Ayuda al alquiler 2024-2025 50 % del coste, máximo 6.500 € Cerrada (plazo de agosto de 2024)
Bono Alquiler Joven 250 €/mes durante 2 años Cerrada el 17 de octubre de 2025
Adquisición de vivienda joven 2026 Dotación total de 3.000.000 € (el importe por persona figura en las bases) Cerrada el 18 de mayo de 2026
Hipoteca Joven-Mi Primera Vivienda Aval de hasta el 15 % del préstamo Aprobada, todavía no operativa
Inscripción en el registro de demandantes Gratuita Abierta todo el año

Ayuda al alquiler y adquisición de vivienda joven: qué pasó con las últimas convocatorias

La ayuda al alquiler más reciente se convocó por resolución de 22 de julio de 2024, publicada en el Boletín Oficial de Canarias número 151 del 1 de agosto de 2024. Cubría el 50 % del coste subvencionable con un tope de 6.500 euros, exigía una renta de alquiler máxima de 600 euros al mes (ampliable a 900 euros en familias numerosas, unidades con discapacidad y determinados municipios) y admitía hasta 24 mensualidades. Su plazo está cerrado desde agosto de 2024: lo que sigue en marcha es la resolución de justificaciones y la lista de reserva de quienes ya la pidieron.

La otra convocatoria reciente es la de adquisición de vivienda por parte de las personas jóvenes canarias, con un crédito total de 3.000.000 de euros. Su extracto se publicó en el Boletín Oficial de Canarias número 73, del 16 de abril de 2026, y el plazo estuvo abierto del 17 de abril al 18 de mayo de 2026. Hoy está en fase de subsanación de solicitudes, así que tampoco admite peticiones nuevas.

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Bono Alquiler Joven y qué se puede pedir hoy

El Bono Alquiler Joven de Canarias siguió el modelo estatal: 250 euros al mes durante dos años, sin superar nunca el importe del alquiler, para personas de hasta 35 años inclusive con una fuente regular de ingresos por debajo de tres veces el IPREM, y con concesión directa por mera concurrencia, no en competencia con el resto de solicitantes. Su última convocatoria fue la de la resolución de 17 de septiembre de 2025 de la Dirección del ICV, con un plazo que terminó el 17 de octubre de 2025, aunque durante 2026 el ICV ha seguido dictando resoluciones de pago a quienes ya eran beneficiarios. Sobre cómo evoluciona la ayuda a nivel nacional, puedes seguir el bono alquiler joven estatal.

Atención
A día de hoy no hay abierta ninguna convocatoria general de ayuda al alquiler ni de bono joven en Canarias, y tampoco hay publicada una fecha oficial de reapertura. Desconfía de cualquier web que te diga que «ya puedes solicitarla». Eso no significa que no haya nada que hacer: además de inscribirte o renovar en el registro de demandantes, el ICV mantiene otras líneas específicas con sus propios plazos, las que hemos citado más arriba. Comprueba su estado en la web oficial del Instituto Canario de la Vivienda antes de darlas por cerradas.

El marco de las próximas convocatorias: el Plan Estatal 2026-2030

El marco al que se acogerán las próximas convocatorias, si se aprueban, ya existe: es el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, aprobado por el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril (Boletín Oficial del Estado número 99, del 23 de abril de 2026). Ese plan se ejecuta mediante convenios entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y cada comunidad autónoma, así que las ayudas llegan a Canarias a través del ICV. Si quieres comparar lo que ofrecen otras regiones mientras tanto, tienes el mapa completo de ayudas al alquiler por comunidades autónomas y el listado general de ayudas al alquiler vigentes.

Más información
El Plan de Vivienda de Canarias 2026-2030 todavía no está aprobado: sigue en fase de participación ciudadana, y el plan que consta publicado es el de 2020-2025. Hasta que se apruebe, ni sus programas ni sus importes son exigibles. Mientras tanto puedes repasar todas las ayudas del Gobierno de Canarias que sí están en vigor.

Hipoteca Joven de Canarias: aprobada, pero aún no se puede pedir

Es la novedad más reciente y también la que más confusión está generando. El Decreto 123/2026, de 20 de julio, que regula el programa Hipoteca Joven-Mi Primera Vivienda de Canarias, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias número 149, del 27 de julio de 2026, y entró en vigor ese mismo día.

Que la norma esté en vigor no significa que se pueda solicitar. El propio Instituto Canario de la Vivienda advierte en su web que el programa aún no está operativo, porque faltan dos cosas: aprobar las disposiciones de desarrollo previstas en el decreto y formalizar los convenios con las entidades financieras que quieran adherirse.

Qué condiciones fija ya el decreto de la Hipoteca Joven

Lo que sí fija ya la norma:

Condición Límite
Aval del Gobierno de Canarias Hasta el 15 % del préstamo
Préstamos que entran Los que superan el 80 % y llegan como máximo al 95 % del menor valor entre precio y tasación
Precio máximo de la vivienda 250.000 €, sin gastos ni tributos
Superficie útil máxima 120 m²
Edad Hasta 40 años inclusive, sin límite de edad para familias con menores a cargo
Residencia previa en Canarias 2 años continuados e ininterrumpidos
Patrimonio neto por solicitante 150.000 €
Ingresos Hasta 5 veces el IPREM en 14 pagas
Duración del aval 10 años

Ese límite de ingresos no es rígido: sube 0,3 veces el IPREM por cada menor a cargo y se incrementa un 70 % cuando se trata de una familia monoparental. Si hay dos solicitantes, los límites de ambos se suman. Quedan fuera las viviendas protegidas de promoción pública, salvo segunda transmisión autorizada por el propio ICV.

Importante
No hay todavía ningún banco adherido publicado ni fecha oficial de apertura del programa. Cualquier gestión que te ofrezcan hoy para «tramitar la Hipoteca Joven Canaria» es prematura. Seguimos la evolución del programa en el artículo sobre la Hipoteca Joven de Canarias.

Mientras tanto, la vía estatal sí está operativa: los avales ICO para la primera hipoteca funcionan con una lógica parecida y se piden directamente en el banco. Otras comunidades tienen programas propios, como el aval de Mi Primera Vivienda en Madrid. Y si ya tienes hipoteca y se te está haciendo cuesta arriba, hay ayudas específicas para pagar la hipoteca.

Instituto Canario de la Vivienda y VISOCAN no son lo mismo

Es una confusión habitual, porque las dos entidades son públicas y las dos hacen vivienda protegida en Canarias. Pero su naturaleza es distinta y eso cambia a quién tienes que dirigirte.

  Instituto Canario de la Vivienda VISOCAN
Qué es Organismo autónomo (Administración) Sociedad anónima unipersonal pública
Titularidad Gobierno de Canarias 100 % Comunidad Autónoma de Canarias
Función principal Regula, califica, adjudica, sanciona y convoca ayudas Promueve y construye vivienda protegida
Registro de demandantes Sí, lo gestiona No

En la práctica: si buscas inscribirte, pedir una ayuda o reclamar sobre una adjudicación, tu interlocutor es el ICV. VISOCAN, cuyo nombre completo es Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A.U., es la empresa pública que promueve y construye, y además tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración canaria. Nada que ver, por otro lado, con la compra de pisos procedentes de bancos, que es mercado libre.

Dónde está el ICV y cómo contactar

El Instituto Canario de la Vivienda tiene doble sede (una por provincia) y oficinas en las islas no capitalinas. Estos son los datos publicados hoy en su web oficial:

Oficina Dirección
Santa Cruz de Tenerife C/ Carlos J. R. Hamilton, 16, Edif. Daida, 1ª planta
Las Palmas de Gran Canaria C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18, Edif. Usos Múltiples II, 1ª planta
La Palma Avda. los Indianos, 20, Edif. Bolsa de Agua, Santa Cruz de La Palma
Lanzarote Vía Medular, 99, 1ª planta, Arrecife
Fuerteventura C/ Hispanidad, 19, Puerto del Rosario

El correo de contacto general es icv@gobiernodecanarias.org. Para llamar, la vía más segura es el 012, el servicio de información del Gobierno de Canarias, que atiende también en el 922 470 012 y el 928 301 012 y que dispone de WhatsApp en el 608 012 012. El área de vivienda del 012 atiende de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00. Y el teléfono de información que el propio ICV publica en sus convocatorias recientes es el 922 92 20 60.

Atención
Hemos preferido no listar un teléfono por oficina: distintas páginas oficiales del Gobierno de Canarias publican números diferentes para las mismas sedes del ICV, y un teléfono equivocado hace perder más tiempo del que ahorra. Si necesitas hablar con una oficina concreta, llama al 012 y te redirigen.

Qué puedes hacer hoy si buscas vivienda en Canarias

Resumiendo lo anterior en acciones concretas:

  • Inscríbete en el registro de demandantes. Es gratis, está abierto todo el año y es el requisito imprescindible para optar a una vivienda protegida. Las ayudas al alquiler o a la compra se piden aparte, por su propia convocatoria.
  • Revisa si te faltan los cuatro años de vecindad. Si acabas de llegar a las islas, ese es tu primer obstáculo y conviene tenerlo claro antes de hacer planes.
  • Reúne los justificantes que puntúan en el baremo: discapacidad, familia numerosa, monoparentalidad, dependencia o situación de necesidad habitacional.
  • Vigila el Boletín Oficial de Canarias. Es donde se publicará una eventual nueva convocatoria de ayuda al alquiler al amparo del plan estatal. Hoy no hay fecha anunciada.
  • No esperes a la Hipoteca Joven para decidir: hasta que haya bancos adheridos, no es una opción real.

Y aunque la vivienda sea lo urgente, en Canarias hay otras ayudas que se piden por caminos distintos al ICV y que pueden aliviarte el presupuesto: las becas del Gobierno de Canarias, los descuentos de transporte para residentes canarios o, ya en el terreno fiscal, la deducción por vivienda habitual y las bonificaciones del IBI que aplican algunos ayuntamientos.

Si eres joven y el alquiler es tu problema inmediato, repasa también las ayudas al alquiler para jóvenes que siguen vivas en el resto de España y las ayudas a propietarios que alquilan, porque incentivan que salgan más viviendas al mercado de alquiler.
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Alejandro Fernández Couto

Director y responsable editorial

Director y responsable editorial de Tus-Ayudas.es, que dirige desde 2022. Ha trabajado como periodista en medios como Business Insider y Xataka. Supervisa la línea editorial del sitio y garantiza el rigor y la actualización de las guías sobre ayudas y prestaciones públicas.


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